La Justicia multa a una plataforma por promover la prostitución en diversas comunidades, entre ellas Canarias

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). EFE/Mariscal

EFE

0

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado una multa de 50.000 euros impuesta a una plataforma por publicidad ilícita al promover la prostitución en diversas ciudades españolas, entre las que se encontraban varias de Canarias.

En concreto, la investigación sobre estas actividades ilícitas se llevó a cabo sobre los anuncios publicados en lugares como Tenerife, Lanzarote y Gran Canaria, entre otros a nivel nacional.

Esos puntos del Archipiélago fueron elegidos para demostrar las actividades ilegales que promovía el portal web que consistían en publicitar anuncios de servicios de escorts, tanto hombres como mujeres, que según se determinó iban en contra de la protección a consumidores y usuarios.

Para ello se reprodujeron en 2023 diversas capturas del contenido principal y luego otros elegidos de forma aleatoria, haciendo constar la hora y fecha, llegándose a la conclusión de que los anuncios se correspondían con personas reales.

Quienes accedían a la página principal podían elegir diversas categorías, luego en una nueva interfaz aparecían los anuncios clasificados por comunidades autónomas y al final se publicaba un texto con expresiones que se consideraban ofensivas.

No obstante, acto seguido indicaban que no les gustaban ciertos términos para referirse a las actividades que publicaban y pedían diferenciar entre prostitutas y escorts.

Una vez se seleccionaba en la parte superior de la pantalla la opción Escorts se pasaba a una pantalla en la que se mostraba un listado en diferentes ciudades españolas agrupadas por comunidades autónomas, entre las que se investigó las mencionadas de Canarias.

Finalmente, se concluyó con que la página web promovía y publicitaba servicios de prostitución y se consideró responsable de una infracción administrativa grave a una entidad domiciliada en Irlanda.

Los responsables de la empresa negaron los hechos y aseguraron que siempre habían actuado dentro de la legalidad, siendo conscientes de que la prostitución es una actividad ilegal y apelando a la libertad de expresión, lo que rechazó el Abogado del Estado al recordar que según la actual legislación se considera ilícita la publicidad que “utilice estereotipos de género que fomenten o normalicen las violencias sexuales contra mujeres o menores”.

Una vez analizado el contenido de las expresiones, fotos y comentarios quedó demostrado que se estaban promocionando actividades de carácter sexual y por lo tanto no cabía encuadrarlas en el derecho a la libertad de expresión.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid indica que este tipo de sitios web no pueden caracterizarse como medios de información sino que son un mero instrumento para realizar otra actividad que en este caso queda fuera de los derechos protegidos por la Constitución y por lo tanto es posible llevar a cabo el secuestro administrativo.

En la actualidad en la página se advierte que la promoción de la prostitución va en contra de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual aprobada en el mes de septiembre de 2022 conocida como la ley de Sólo Sí es Sí.

Etiquetas
stats