El Supremo ratifica la pena de cuatro años a un masajista de Gran Canaria por abusar de una menor
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso presentado por un masajista que trabajaba en el sur de Gran Canaria condenado a cuatro años de cárcel por abusar de una menor con el agravante de abuso de confianza.
En aquel entonces también se le impuso la prohibición de aproximación a menos de medio kilómetro de la niña durante diez años tras cumplir la pena.
Igualmente, ha sido inhabilitado para ejercer como masajista seis meses y cualquier otra profesión que conlleve contacto con menores durante siete, tiempo en el que también permanecerá en libertad vigilada.
En su recurso el hombre repitió los mismos argumentos que ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y que fueron rechazados entonces, como que la investigación se había llevado a cabo a sus espaldas sin que tuviera conocimiento hasta medio año después, lo que en su opinión habría vulnerado su derecho a defensa.
Según los tribunales, el procesado trabajaba como masajista en un local del sur de Gran Canaria cuando en febrero de 2020, aprovechándose de su profesión y la relación de confianza que tenía con la menor, que entonces tenía 15 años, llevó a cabo los abusos.
También fue descartado el argumento de que el proceso había sufrido dilaciones indebidas “muy cualificadas” para lo que habría sido necesario un retraso de ocho años cuando en realidad en este caso apenas se trató de tres años y además no se produjo ningún retraso extraordinario o anómalo.
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