Los empresarios extrahoteleros, a favor de las sanciones en el fenómeno de la residencialización turística
La Asociación de Empresarios de Alojamientos Turísticos de Las Palmas (AEAT) considera que la protesta contra la apertura de expedientes sancionadores a propietarios que realizan un uso no permitido por la ley en inmuebles turísticos de San Bartolomé de Tirajana carece de sentido, pues lo que se produce en realidad es un incumplimiento clamoroso de la normativa sectorial vigente, algo tan claro que no queda oculto por muchas manifestaciones inciertas que se produzcan sobre el derecho de propiedad y sus límites, que están perfectamente tasados por la ley.
Al respecto, los empresarios extrahoteleros recuerdan que la acción inspectora de la Administración se basa en la obligación de hacer cumplir la ley cuando se produce, como ha sido el caso, la ruptura de la unidad de explotación, que es la fórmula legal de gestión de inmuebles turísticos, y también la que garantiza un funcionamiento correcto de los mismos y revierte a su vez en la competitividad del destino.
Por el contrario, la gestión individualizada de complejos que fueron construidos y obtuvieron licencia para su explotación turística común trae como resultado el caos, la pérdida de calidad y la inviabilidad económica. Este hecho se traduce en un deterioro progresivo y alarmante de los establecimientos, así como en carencias en el funcionamiento interno de los complejos y ausencia de responsables frente al turista, con el menoscabo que ello supone para la imagen general del destino.
Los empresarios extrahoteleros agrupados en la AEAT lamentan las afirmaciones inciertas expuestas por los defensores de la residencialización turística y la ruptura
del principio de unidad de explotación, sobre todo cuando denuncian que su derecho de propiedad ha sido vulnerado por la legislación canaria. Al respecto, los empresarios subrayan que la acción inspectora de la Administración, en cumplimiento de la normativa vigente, en ningún momento vulnera el derecho de propiedad, sino que establece unos usos posibles para los inmuebles y canaliza la gestión de estos en defensa del interés general, un principio de uso corriente y plenamente aceptado en la legislación urbanística.
El derecho a la propiedad de los inmuebles contempla el derecho a su uso y disfrute, pero siempre ajustado a la legislación territorial y urbanística, que, en el caso de los inmuebles turísticos de San Bartolomé de Tirajana, contempla su uso alojativo y no residencial. Esta circunstancia era conocida por los compradores de inmuebles turísticos que posteriormente optaron por el uso residencial irregular.
La AEAT ha recordado también, como ya ha expuesto la patronal FEHT, a la que está federada, los riesgos “notorios y evidentes” para la actividad económica y el interés general de Canarias que conllevan los procesos de residencialización de los inmuebles turísticos y la voladura del principio legal de unidad de explotación. Y ha dejado claro que desde el punto de vista de las administraciones públicas, cualquier decisión legislativa que suponga un daño al sector turístico de las Islas a través de la tolerancia con la residencialización “es la peor política de vivienda posible”, en la medida que la actividad en el sector es la garantía para el mantenimiento de los puestos del trabajo, la actividad económica y los ingresos fiscales de las administraciones públicas de las Islas, que su vez financian las políticas públicas.
Para los empresarios extrahoteleros, ha quedado claro que la residencialización supone un daño notorio para el turismo, algo que ha quedado acreditado por estudios como el elaborado por el Instituto de Turismo y Desarrollo Económico Sostenible (Tides) de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), que ha cifrado en 591 millones de euros anuales (en estimaciones conservadoras) la merma de ingresos en la actividad provocada por el proceso de residencialización en complejos turísticos sólo en el municipio de San Bartolomé de Tirajana.
Si ampliamos el impacto de la residencialización a la isla de Gran Canaria, el daño resulta aún mayor, como han puesto de manifiesto los datos del Instituto Canario de Estadística (Istac), que cifran en 35.000 el número de plazas turísticas perdidas en la isla desde 2015. Tomando como referencia las estimaciones del Tides, cada plaza turística tiene un impacto económico anual de 31.125 euros, con un ingreso fiscal medio de 4.363 euros y 1,3 puestos de trabajo por cada dos plazas turísticas. La conclusión es que la citada pérdida de alojamientos turísticos ha impedido la creación de 45.000 puestos de trabajo en Gran Canaria desde el referido año 2015.
Poe otro lado, la AEAT recuerda que entre sus asociados se encuentran, bien directamente o a través de los intermediarios turísticos, muchísimas familias canarias que perciben rentas de sus unidades turísticas, compradas para tal fin en los años 70 y 80 del siglo pasado. Estas familias han escogido en sus comunidades al gestor turístico que mejor oferta presentó, con absoluta libertad para elegir entre esta solución o la explotación directa por la comunidad de propietarios, aunque
siempre manteniendo la unidad de explotación, para garantizar su buen funcionamiento y la atención debida a los turistas que se alojan en los complejos.
Por eso, cualquier intento de voladura del principio del principio de unidad de explotación vía reforma de la legislación sectorial turística supone un precedente gravísimo capaz de provocar un daño irreparable a los complejos turísticos y al empleo en el Archipiélago. La AEAT considera, en ese sentido, que propuestas de esta naturaleza instadas por propietarios de apartamentos turísticos en defensa de su exclusivo interés particular confunden objetivos legítimos y compatibles entre sí, como las necesidades de vivienda y el sostenimiento de la actividad económica, en perjuicio del interés general y la prosperidad colectiva, tal y como han subrayado no solo las asociaciones de empresarios turísticos como la AEAT y la FEHT, sino también los sindicatos con representación en el sector, como CCOO y UGT.
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