El Gobierno canario proyecta una ley de alquiler turístico descafeinada sin impuestos a propietarios ni límites claros

Una vivienda vacacional en La Graciosa

Toni Ferrera

1

La Consejería de Turismo y Empleo del Gobierno canario lo ha dejado bastante claro: la futura ley del alquiler turístico de viviendas “no trata tanto de limitar el número [de pisos vacacionales] como de ordenar su ubicación y compatibilidad”. El Ejecutivo regional, conformado por Coalición Canaria (CC) y Partido Popular (PP), ha respondido así a parte de las propuestas ciudadanas de la norma, aún en desarrollo, pero cuyo borrador está previsto ser publicado en poco más de una semana.

La cartera dirigida por Jessica de León (PP) ha aglutinado en un documento las más de 5.000 aportaciones ciudadanas a la próxima legislación, las ha agrupado en diferentes bloques y ha revelado cuáles de estas propuestas sí estarán en la normativa, cuáles no y cuáles continúan en un limbo. De las valoraciones del texto, elaborado por la Dirección General de Ordenación, Formación y Promoción Turística, rezuma una ley de viviendas vacacionales descafeinada, sin impuestos exclusivos a los propietarios de pisos turísticos, tampoco sin tiempos máximos de actividad ni prohibiciones explícitas.

La futurible norma busca “evitar los perjuicios derivados de la gentrificación y de la turistificación” en Canarias, donde, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el 4,08% de los bienes inmuebles son utilizados con fines turísticos, el porcentaje más alto de todo el territorio español. Este valor fluctúa de acuerdo con la localidad. En el municipio de Yaiza (Lanzarote), por ejemplo, las viviendas vacacionales suponen el 21,46% del parque total de casas; mientras que en La Victoria de Acentejo (Tenerife), apenas representan el 0,67%.

Turismo reconoce que “la mayoría de las sugerencias” presentadas por ciudadanos y colectivos “coinciden en limitar/controlar el número de viviendas vacacionales”. El Gobierno regional compra en parte esta medida. Sin embargo, no precisa aún cómo pretende hacerlo. El escrito simplemente habla de que debe establecerse una ordenación urbanística “cimentada” sobre indicadores de sostenibilidad (que no son detallados) y límites de cambio aceptables (de un alquiler de larga duración a uno turístico) en función de “la reserva de suelo para uso residencial” y el “nivel de presión humana o turística”.

Esto debería, según la Consejería, dotar de “equilibrio” al modelo territorial y urbanístico de las Islas “acorde con las exigencias de sostenibilidad social, cultural, económica y ambiental” que, como ya ha sido mencionado, no quedan definidas. El Ejecutivo no habla nunca de prohibiciones. Dice que estas “no tienen sentido cuando se trata de conciliar el desarrollo económico necesario e imprescindible con las demás exigencias”. Y esto es relevante porque la intención de la ley no es la de directamente poner cotos, sino “conciliar de manera adecuada los diferentes usos del suelo” mediante instrumentos de planeamiento urbanístico.

De esta forma, los planificadores insulares podrán identificar zonas que “tengan agotada su capacidad de crecimiento turístico” y valorar, según los indicadores citados, si es “compatible y no nocivo para el desarrollo urbano y rural” del territorio un nuevo permiso de alquiler turístico.

Una de las propuestas ciudadanas es la de limitar las licencias de viviendas vacacionales cada cierto periodo de tiempo, tal y como ha aprobado recientemente el Gobierno portugués, que ha impuesto un marco temporal de cinco años para los pisos turísticos a partir de 2030. Pero la Dirección General de Ordenación, Formación y Promoción Turística del Ejecutivo canario no va por esa línea. Ellos consideran que ese modelo, que “exigiría una concurrencia competitiva para determinar la asignación de ese cupo de autorizaciones limitado” y que, además, no sería por tiempo indefinido, solo tendría cabida “cuando esté justificado por la escasez de recursos naturales o inequívocos impedimentos técnicos”. Un supuesto que no concurre en la realidad de ninguno de los 88 municipios canarios, apunta el texto.  

De ahí el resumen, grosso modo, de la normativa: “No se trata tanto de limitar el número [de viviendas vacacionales] como de ordenar su ubicación y compatibilidad, lo cual, sin duda, traerá como consecuencia la limitación de la implantación, al igual que sucede con cualquier otro tipo de actividades comerciales e industriales que han de adaptarse a las determinaciones del planeamiento urbanístico y territorial”.

Este “control propiamente turístico”, se sumará al específicamente urbanístico de cada una de las entidades locales de Canarias y los siete cabildos insulares. No habrá nuevas “estructuras administrativas” al respecto. Las administraciones públicas del Archipiélago, “especialmente los ayuntamientos”, serán las encargadas de “materializar la ordenación urbanística pormenorizada del uso turístico de viviendas” y establecer, si lo consideran oportuno, “límites derivados de la capacidad de carga insular”.

Turismo responde así ante las propuestas populares que abogan por una mayor inspección de los pisos turísticos ilegales, aquellos que no cuentan con la licencia requerida. La Consejería contesta que, aparte del trabajo conjunto de las distintas corporaciones de la Comunidad Autónoma, la “intervención administrativa (…) deberá ser necesariamente más intensa y con carácter apriorístico”, aunque no prevé, según lo expuesto, una oficina concreta de lucha contra el fraude, como sí ha llevado a cabo la ciudad de Barcelona.

No habrá tampoco un número máximo de viviendas vacacionales por persona física o jurídica. No van a estar regulados los precios de estos alquileres. Tampoco se aplicarán impuestos o tasas exclusivas a los propietarios de este tipo de casas, pues esta cuestión “debe ser abordada de manera global en la norma propia del ámbito fiscal”, defiende el Gobierno autonómico. Sí quedará regulado de forma “diferente”, no obstante, el impuesto de bienes inmuebles para quienes den uso turístico al piso.

El documento de respuestas no aclara al mismo tiempo si la futurible normativa exigirá medidas compensatorias al que pone una vivienda en el mercado vacacional, siguiendo el ejemplo de la capital de Francia, París, donde hacerlo implica poner a disposición otro inmueble para alquilar de larga duración. También queda por ver si estará permitido alquiler una habitación siempre y cuando el propietario resida en el mismo hogar, algo que, según la contestación de la Consejería, “choca con la ansiada especialización de usos” y eso, por lo tanto, “dificulta enormemente su ordenación”.

Entre los aspectos que sí abordará la iniciativa legislativa está el de prohibir la construcción de nuevos edificios destinados únicamente a viviendas vacacionales y la necesidad de que una casa haya sido antes de uso residencial como “trámite inexcusable” para una eventual transformación de uso turístico. La ley también buscará apostar “siempre por productos de alto valor añadido y no de mínimos de calidad”. Y para ello regulará una “evaluación periódica” sobre esto mismo con el fin de establecer “modalidades y categorías”.

Etiquetas
stats