La Sindicatura de Comptes detecta irregularidades en contrataciones del Ayuntamiento de PP y Vox en Castelló de la Plana
Tirón de orejas de la Sindicatura de Comptes al Ayuntamiento de Castellón gobernado por el PP y por Vox. El órgano estatutario de control externo encargado de fiscalizar la gestión económica, financiera y presupuestaria del sector público autonómico y local ha emitido un duro informe (completo al final de la información) en el que aflora graves irregularidades en materia de contratación por parte del consistorio de la capital de la plana.
El documento analiza los procedimientos de contratación de los ejercicios 2024 y 2025. Aunque en términos generales afirma que resulta conforme, también concluye que se han detectado diversas irregularidades.
Por ejemplo, revela que “hay un volumen significativo de gastos ejecutados con ausencia de crédito adecuado y suficiente, así como casos de incumplimiento reiterado de la omisión de tramitación y, en su caso, de licitación de los contratos, cuando se está legalmente obligado a esto, que podría dar lugar a la exigencia de responsabilidades administrativas por parte de las autoridades y del personal al servicio de las administraciones públicas, derivada de sus actuaciones en materia de contratación pública”.
En concreto, “en 2024 se aprobaron 8 expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos por una cuantía total de 13.897.960 euros y en 2025 se tramitaron 8 expedientes por un total de 16.356.870 euros”. La práctica totalidad de estos expedientes “son consecuencia de obligaciones que no han sido debidamente adquiridas por el Ayuntamiento, por no haberse formalizado contrato o haber un exceso de facturación sobre el compromiso de gasto adquirido”. Esta circunstancia constituye “una práctica habitual por parte del Ayuntamiento, y de unos importes significativos en los ejercicios 2024 y 2025, que tienen que ser enmendados en ejercicios posteriores”.
Además, pone de relieve que “en el contenido del presupuesto de los ejercicios 2024 y 2025 no se adjuntan como anexo a los expedientes los planes y programas de inversión y financiación, para un plazo de cuatro años ni tampoco el programa anual de actuación, inversiones y financiación de la sociedad mercantil Reciclados de Residuos La Plana, SA”. En el mismo sentido, “se incumple lo establecido en el artículo 18.1 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (RLRH), puesto que habiendo financiación prevista en los dos presupuestos no figuran las características y condiciones financieras que se prevén concertar”.
El documento saca a la luz también “incumplimientos significativos de las normas de contratación”. Entre ellos, destaca que “no constan en los expedientes analizados los informes jurídicos previos a la aprobación del expediente del contrato, preceptivos en virtud de las disposiciones del apartado 8 de la disposición adicional tercera de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), que tiene que emitir el titular de la asesoría jurídica”.
Además, en la mayoría de los expedientes analizados “no hay constancia que se adoptan medidas específicas para la lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de interés, en los términos establecidos en el artículo 64.1 del LCSP”.
En cuanto a los contratos menores, “en casi todos los expedientes revisados no hay constancia de los informes preceptivos del órgano de contratación en los cuales, de forma debidamente motivada, se exprese que no se está alterando el objeto de los contratos, con el fin de evitar la aplicación de los umbrales previstos para los contratos menores, tal como se dispone en el artículo 118.2 de la LCSP, porque se utiliza un modelo normalizado que se limita a repetir el tenor literal de este precepto legal”.
El Ayuntamiento ha rendido, en el ejercicio 2025, a través de la plataforma de rendición de cuentas de las entidades locales, un total de 869 contratos menores, por un importe total adjudicado de 4.965.249 euros.
Según la Sindicatura, “en la revisión efectuada, se ha puesto de manifiesto que en el ejercicio 2025 se han subscrito dos contratos menores por un importe conjunto de 29.998 euros con un mismo empresario, para la contratación de dos proyectos destinados a colectivos con necesidades especiales”. El hecho que las fechas de prestación de los servicios sean consecutivas y que el valor estimado de los dos contratos subo a 14.999 euros “hace suponer que en realidad se trata de una misma necesidad que ha sido fraccionada en dos contratos, por lo cual se produce un posible fraccionamiento indebido del objeto del contrato”.
Recomendaciones de la Sindicatura
Ante estas consideraciones, la Sindicatura realiza una serie de recomendaciones. Por ejemplo, considera que “el Ayuntamiento tendría que elaborar sus presupuestos de manera adecuada, a fin de que todas las dotaciones de créditos sean suficientes para hacer frente a los gastos del ejercicio que sean necesarias para el funcionamiento ordinario de la entidad, sin tener que recurrir al mecanismo de reconocimiento extrajudicial de créditos, que pose de manifiesto una técnica presupuestaria deficiente”.
También aconseja que haga “una revisión exhaustiva de los saldos correspondientes a derechos reconocidos pendientes de cobro con antigüedad significativa, a fin de identificar los que puedan estar prescritos o que resultan de difícil o imposible recaudación, para proceder, en su caso, a su regularización contable”.
La Sindicatura añade que “el Ayuntamiento tendría que garantizar, por cuestiones de control y seguridad, que no se transfieran fondos de pagos a justificar a cuentas que no sean de titularidad del Ayuntamiento, ni tampoco se entreguen fondos en metálico a ningún empleado o regidor del Ayuntamiento para hacer este tipo de pagos, y abrir las cuentas bancarias de pagos a justificar de titularidad municipal que sean necesarios”.
En los contratos, “se tendría que incluir una planificación de las mejoras ofrecidas por el licitador, con el objetivo de poder comprobar la realización de las mejoras mencionadas, y dejar constancia en el expediente de contratación del cumplimiento por parte del contratista”.
Descontrol en el pago de subvenciones
En cuanto al informe resumen anual del control interno del ejercicio 2024, en relación con la materia de subvenciones, se han constatado “incumplimientos referidos tanto a la Ley General de Subvenciones (LGS) como a la ordenanza general de subvenciones del mismo ayuntamiento, en el plazo de presentación de la solicitud de la ayuda, requisito de publicidad, no establecerse el requisito de presentación de la memoria final detallada de la actividad subvencionada, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la concesión, falta de tramitación de la cuenta justificativa o presentación fuera de plazo, etc”.
Además, se ha detectado que “el número de facturas rechazadas por 'otros motivos no normalizados' es elevado, y el motivo principal es la falta de datos bancarios (IBAN) en la factura presentada por FACE”. También se ha verificado el pago de obligaciones “fuera del periodo legal de pago”. Sin embargo, “no se han abonado intereses de demora ni indemnizaciones por los costes de cobro derivados de este incumplimiento”.