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Admitida una demanda colectiva contra Carrefour por sus tarjetas “revolving”

Madrid —

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Madrid, 13 oct (EFE).- El juzgado mercantil nº 14 de Madrid ha admitido una demanda colectiva presentada por Asufín contra Carrefour Servicios Generales por sus tarjetas de pago aplazado o “revolving”, algunas de cuyas estipulaciones y condiciones de contratación considera nulas por falta de transparencia.

En su demanda, Asufin solicita la que se declare nulo el impago de cantidades bajo el contrato de tarjeta o el contrato de préstamo; la resolución de los contratos relativa al vencimiento anticipado del préstamo; la imputación de pagos, en lo relativo al orden de satisfacción de la deuda, y los sistemas de pago y fechas de adeudo.

La asociación señala que Carrefour no facilitó a los clientes información suficiente sobre la naturaleza y repercusión económica de las cláusulas, ya que no consta que se les entregase un cuadro de amortización con detalles y simulaciones de su funcionamiento, con el coste real de la aplicación de cada una de las cláusulas.

En marzo de este año, el Tribunal Supremo declaró usurario el interés del 27 % aplicado por una entidad financiera a una tarjeta de pago aplazado o “revolving”, al entender que el tipo de interés superaba “en gran medida” el índice tomado como referencia, y era manifiestamente desproporcionado.

Y en septiembre, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de San Sebastián anuló una tarjeta “revolving” de Carrefour al entender que el tipo de interés fijado, del 21,99 % TAE, resultaba “usurario” para el cliente que la contrató.

El juzgado donostiarra obligó a la empresa a reintegrar un total de 4.388 euros más los correspondientes intereses legales.