La aplicación del fallo del Supremo sobre la ley de nietos se complica entre acusaciones sin base de pucherazo
El adelanto electoral complica la aplicación de la decisión del Tribunal Supremo de limitar de forma cautelar el derecho al voto de los descendientes de españoles represaliados del franquismo. A la dificultad existente para que los consulados cumplieran el mandato de desglosar los 168.896 expedientes puestos en duda por el Alto Tribunal, se suma ahora otro hecho clave: la ley electoral prevé que el censo del 29N sea el que se cerró el 1 de agosto, antes del fallo que privaba del ejercicio de ese derecho a estos ciudadanos salvo que pudieran acreditar la condición de exiliados de sus antepasados. Todo ello, mientras algunos dirigentes políticos como Isabel Díaz Ayuso (PP) o Santiago Abascal (Vox) han empezado a lanzar acusaciones sin base de pucherazo electoral.
Fuentes consultadas por elDiario.es tanto en la Junta Electoral Central como en el Supremo apuntan a que el adelanto electoral, en la práctica, puede acabar dejando en papel mojado la exclusión de los nacionalizados a través de la ley de nietos. Sostienen que el proceso electoral debe regirse por el censo cerrado el primer día del segundo mes anterior al mes en que se decreta la convocatoria. Esto es, cuando no existían las medidas cautelares dictadas en septiembre. Y que tratar de aplicar la suspensión de forma retroactiva supone colisionar con la ley electoral, que es la que fija el censo aplicable.
En esa lista de electores que se utilizará en los comicios del 29N figuran, por tanto, descendientes de exiliados que accedieron a la nacionalidad —y al derecho al voto— a través de la instrucción que presume esa condición para “todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955” sobre la que ha puesto el foco el Supremo. Algunas fuentes sostienen que forzar una aplicación retroactiva de la suspensión cautelar supondría “alterar el censo legalmente previsto” e ignorar la jerarquía de la ley electoral y la ponderación de los derechos en juego.
La última palabra, no obstante, pueden tenerla los magistrados del Supremo, a quienes se dirigieron este lunes Iustitia Europa y Vox, las formaciones que llevaron en su día el asunto a los tribunales. Ambos presentaron sendos escritos en los que reclamaban al Alto Tribunal que tome medidas para “garantizar” que la suspensión cautelar del voto de estas personas sea aplicada el 29S. En concreto, pidieron “determinar, dentro del censo cerrado a 1 de agosto de 2026, qué inscripciones se encuentran sujetas a suspensión de efectos electorales y cuáles quedan comprendidas en la excepción expresamente prevista por el auto” que frenó el derecho al voto de los descendientes de represaliados del franquismo.
También es posible que en los próximos días haya algún pronunciamiento de la Junta Electoral Central, a donde también se dirigió Vox. La formación de extrema derecha solicitó al organismo electoral que recabe un listado anonimizado de todas las personas inscritas en el censo exterior cuyo derecho a voto está suspendido.
De hecho, el partido de Santiago Abascal llegó a pedir que se suspenda el derecho al voto de todos los nacionalizados por la ley de nietos, puedan o no acreditar su condición de descendientes de exiliados. Y que se les ofrezca, en todo caso, ejercer individualmente su derecho de rectificación del censo en los términos previstos en la ley electoral.
Estas reclamaciones chocan con las “dificultades” detectadas por la Dirección General de Asuntos Consulares para cumplir con el mandato del Supremo de revisar las concesiones de nacionalidad por la ley de nietos para expedir certificados a quienes acreditaron el exilio sin la presunción recogida en la citada instrucción.
En un escrito del 18 de septiembre, este ente dependiente del Ministerio de Exteriores explicaba que ni el censo exterior ni el Registro de Matrícula Consular recogen a través de sus herramientas informáticas la vía de adquisición de la nacionalidad. Así que para cumplir el requerimiento del Supremo es imprescindible identificar y examinar manualmente 168.896 expedientes, una tarea que exige revisar tanto los libros físicos del Registro Civil como las aplicaciones informáticas que empezaron a utilizarse entre mediados de 2024 y de 2025.
Además, en muchos casos el consulado del lugar de nacimiento del elector (donde custodiaron el expediente de nacionalidad) no coincide con el consulado de su residencia actual (donde está dado de alta en el CERA). Esto obliga, por tanto, a un intercambio de solicitudes y un cotejo entre embajadas y consulados de distintos países.
De hecho, el organismo consideró que no era “factible” que los 16 consulados que aglutinan el 85% de las inscripciones —La Habana (casi 30.000 expedientes), Buenos Aires y Rosario (más de 20.000 cada una), además de Ciudad de México, Caracas y Mendoza— las pudieran analizar antes del 1 de enero de 2027, cuando estaba previsto el cierre del censo para el ciclo electoral del próximo año.
Entre tanto, el adelanto electoral fue aprovechado este lunes por algunos dirigentes de la derecha y la extrema derecha para lanzar acusaciones sin base sobre un hipotético pucherazo electoral. “Le pido a todo el mundo que ni se le ocurra votar por correo”, dijo este lunes Ayuso después de varias preguntas sobre si cree que habrá fraude de cara al 29N. Por su parte, Santiago Abascal acusó al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de ser capaz de “manipular” las elecciones y pidió que sean “libres, limpias y sin violencia”.