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La Fiscalía brasileña reabre la causa contra un coronel por un asesinato durante la dictadura militar

EFE

Río de Janeiro —

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El Ministerio Público Federal (fiscalía) de Brasil reabrió este lunes una causa contra el coronel retirado Carlos Alberto Brilhante Ustra por la tortura y el asesinato de un disidente político en 1971, durante la dictadura militar.

El caso se refiere al asesinato del periodista y militante comunista Luiz Eduardo da Rocha Merlino “después de intensas sesiones de tortura” en las dependencias del Destacamento de Operaciones de Informaciones (DOI) del II Ejército, en Sao Paulo, según un comunicado de la fiscalía.

Además de Brilhante Ustra, fueron acusados dos militares subordinados al coronel, Dirceu Gravina y Aparecido Laertes Calandra, que supuestamente habrían participado en las sesiones de tortura y el médico Abeylard de Queiroz Orsini, que es acusado de falsificar el informe forense para ocultar la causa de la muerte.

Ningún militar brasileño ha sido juzgado por las torturas, asesinatos y desapariciones de opositores políticos a la dictadura militar (1964-1985), en virtud a la amplia amnistía decretada en 1979.

No obstante, Brilhante Ulstra se sentó en el banquillo por este caso en 2008 en una “acción declaratoria”, una figura legal por la cual no podía ser castigado, pero que sí podría haber supuesto el reconocimiento de su supuesta responsabilidad en la muerte de Merlino.

Ese proceso fue sobreseído porque el juez entendió que en este tipo de delitos no caben acciones judiciales de naturaleza moral y política.

En otro caso similar, el Tribunal de Justicia de Sao Paulo responsabilizó a Brilhante Ulstra en 2008 por la tortura de tres miembros de una misma familia, César Augusto Teles, su esposa María Amelia de Almeida Teles, y su cuñada Crimeia Schmidt de Almeida en los años 70.

La fiscalía ha reabierto el caso del asesinato de Merlino bajo el argumento de que se trata de “crímenes contra la humanidad” y por lo tanto, “imprescriptibles” y no afectados por la ley de amnistía.

El comunicado de la fiscalía citó una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 2010, que determina que Brasil no puede crear obstáculos al castigo de crímenes contra la humanidad.