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El TSJ de Aragón anula las restricciones a la hostelería y al ocio nocturno en la comunidad

15:10 h, 12 de julio de 2021

La Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón acaba de hacer público un auto en el que acuerdan la suspensión cautelarísima de los puntos 5.1.a y 5.1.q de la ORDEN SAN/790/2021, de 8/7/2021 dictada por el Gobierno de Aragón como normativa sanitaria para el control de la pandemia COVID-19.

En concreto, la orden, en los puntos mencionados, aplica el régimen de alerta sanitaria nivel 2 y en los puntos impugnados determina que los establecimientos de hostelería y restauración no podrán exceder en su horario de apertura de las 23:00 horas, regulándose también el aforo permitido tanto en interiores como en las terrazas. Regula también lo referente a locales de ocio nocturno los cuales no podrán superar el 50 por ciento del aforo en el interior y cuyo horario de cierre será a las 00:30 horas.

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