La jueza imputa tres delitos de cohecho a Becerra y Lleó

La jueza instructora del caso Unión, Lucía Barrancos, ha emitido un auto por el que continúa con las diligencias e imputa tres delitos de cohecho a los empresarios Fernando Becerra y Luis Lleó por intentar sobornar al ex secretario del PSOE de Lanzarote, Carlos Espino, que en el momento de los hechos era consejero del Cabildo de Lanzarote. El auto forma parte de una pieza separada del caso Unión, la que investiga la urbanización Costa Roja, en Playa Blanca (Yaiza).

Este intento de soborno fue el que dio inició a la operación Unión, que derivó posteriormente en decenas de tramas diferentes y que ahora la jueza instructora está separando para elevarlas a juicio. La investigación se inició porque Espino denunció ese intento de soborno y los encuentros entre éste y Becerra y más tarde Lleó, fueron grabados por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Lo que pretendía Lleó es que Espino influyera en el Cabido para desbloquear un proyecto de más de mil viviendas en Playa Blanca, cuyas obras se habían paralizado por orden judicial. Quería que Espino influyera en los técnicos para que estos elaborasen u informe desistiendo del procedimiento, ya que las obras se habían parado a instancias del Cabildo. Becerra era el intermediario, que llegó a ofrecer una comisión a Espino de 600.000 euros a repartir entre ambos.

Lleó también aspiraba a conseguir el cambio de la calificación urbanística de los terrenos y, tras elaborar una “hoja de ruta” a que los terrenos sirvieran para que los dueños de hoteles ilegales comprasen parte de ese suelo como compensación por legalizar los hoteles, ya que el Cabildo proponía una solución similar.

Los tres delitos de soborno son por cada una de estas acciones. Dos de ellos están castigados con penas de entre tres y seis años y el otro con penas de entre dos a cuatro, por lo que los empresarios se enfrentan a penas de entre 8 y 16 años que juzgará un tribunal del jurado. Los acusados pedían la nulidad de algunas actuaciones durante la instrucción del anterior juez, César Romero Pamparacuatro. Sin embargo, la juez considera que son “sean perfectamente válidas en cuanto a la forma y el trámite procesal”.

Las defensas

La defensa de Becerra y Lleó se basa, principalmente, en alegar que Espino no era el cargo competente para lograr aquello que le estaban solicitando. La juez considera, no obstante, que Espino “era la persona que con ocasión del cargo público que desempeñaba tenía la facultad de requerir informes técnicos y jurídicos a los funcionarios de la oficina insular de planeamiento del Cabildo de Lanzarote, y era la persona que después de la presidenta del Cabildo (de su mismo partido político) tenía mayor capacidad de decisión en el grupo de Gobierno del Cabildo en materia de ordenación del territorio”.

El abogado de Becerra alegó que su cliente “no tenía idea” de las irregularidades administrativas que se solicitaban, “al punto se no ser técnico en Derecho”, y “tratándose de una norma penal en blanco habría que estudiar el derecho administrativo para analizar y decidir tanto si el señor Espino podía por si mismo ejecutar lo propuesto o hubiera sido imposible”. Ante esto, la juez dice que “es difícilmente creíble que una persona, por muy desconocedora que sea del derecho penal, no comprenda que no se debe ofrecer a un político, en el ejercicio de su cargo y en su despacho, miles de euros para conseguir un trato de favor, aunque no sea para sí mismo, sino para otro”.

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