Guillermo Reyes se libra de una condena por acoso al haber prescrito los hechos

Guillermo Reyes en el Juzgado de Telde, en una imagen de archivo.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

El presidente de Ciuca y actual concejal en la oposición en el Ayuntamiento de Telde, Guillermo Reyes, ordenó en el año 2003, siendo concejal de Urbanismo de la corporación, el traslado de un funcionario a un despacho que sólo contaba con tres sillas, una mesa, algunos papeles y un bolígrafo, aislándolo y sin atribuirle funciones, con “el firme propósito de vejarlo y humillarlo” tras un incidente entre ambos en la jornada electoral del 25 de mayo.  

Así lo acredita la magistrada Mónica Oliva, del Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, en una sentencia en la que concluye que Reyes y María Jesús Santana, jefa de servicio del área de Ordenación del Territorio en esa época, cometieron un delito contra la integridad moral del trabajador Raúl Santana. Sin embargo,  los absuelve al considerar que los hechos denunciados habían prescrito en el momento de presentar la demanda (1 de octubre de 2007), ya que habían transcurrido los tres años que establecía el artículo 131 del Código Penal (los acontecimientos se producen entre septiembre de 2003 y junio de 2004).   

También ha quedado libre de cargos José Luis Mena, que sustituyó a María Jesús Santana en la jefatura de servicio. En su caso, no se ha demostrado que tuviera una actitud pasiva ni que dejara de adoptar medidas o dar instrucciones para mejorar las condiciones laborales del funcionario.

La Fiscalía solicitaba para los tres procesados una pena de dos años de cárcel y la inhabilitación especial para el empleo o cargo público durante tres años, mientras que la acusación particular solicitaba un año y seis meses de prisión para cada uno de ellos.

Según los hechos probados, Raúl Santana participó como representante de la Administración en una de las mesas del colegio electoral de Casas Nuevas, en el Cruce de Melenara, en los comicios del 25 de mayo de 2003. Durante esa jornada protagonizó un altercado con Guillermo Reyes, que se presentaba como candidato a la Alcaldía por Ciuca.

El funcionario aseguró en el juicio que Reyes le expulsó del colegio junto a otras personas, motivo por el que presentó una denuncia que terminó retirando por “temor” al concejal. Este aseguró que había llamado a la Policía Nacional y a la Delegación del Gobierno porque “había gente entrando en las cabinas”. La juez pone de manifiesto en su resolución las contradicciones en las que incurrió Reyes, que admitió el altercado en fase de instrucción y lo negó en su declaración en la vista oral.

Tras la entrada del nuevo grupo de gobierno, formado por el PP y Ciuca, Raúl Santana fue trasladado desde el área de Parques y Jardínes, donde trabajaba desde agosto de 1995, a la Concejalía de Hacienda, concretamente al servicio de Recaudación Municipal, donde apenas permaneció un mes, ya que en julio Reyes propuso, según explicó el jefe de personal del Ayuntamiento en el juicio, que se integrara en el área que había asumido tras el pacto con los populares, Ordenación del Territorio.

El trabajador municipal se incorporó a una oficina situada en el Valle de Jinámar en la que no disponía de los medios materiales para poder desarrollar su trabajo, como refrendó en un informe la inspectora de Trabajo que acudió en dos ocasiones a las dependencias de la Gerencia de Urbanismo. Sólo disponía de tres sillas, una mesa, papeles y un bolígrafo y no tenía asignada ninguna tarea. Para la magistrada no existe “otra explicación razonable” más allá de la intención del concejal de humillar al empleado.

“No había motivo alguno para que se inventara sus condiciones, que además han sido corroboradas por la Inspección de Trabajo y la Junta de Personal”, expone la sentencia.

Mónica Oliva también considera probado que María Jesús Santana tuvo conocimiento de la situación del trabajador a través de sus denuncias, pero que, sin embargo, no adoptó ninguna medida para solventar el problema. “Resulta insólito que siendo concejal o jefe de servicio manifieste que no tenía conocimiento de que había sido trasladado”, apunta la juez, que remarca que una funcionaria reconoció en la vista que el funcionario había llamado en multitud de ocasiones a la jefa de servicio y se había presentado en su oficina para comunicarle sus quejas.

Raúl Santana permaneció de baja del 24 de septiembre al 15 de diciembre de 2003 y del 18 de diciembre del mismo año al 10 de mayo de 2005 y, a consecuencia del acoso moral que padeció, sufrió un trastorno ansioso-depresivo de carácter leve. El trabajador también denunció su caso por la vía contencioso-administrativa, que le dio la razón y obligó al Ayuntamiento a indemnizarle con 12.000 euros.

Cuando se reincorporó a su puesto de trabajo, en mayo de 2005, le trasladó su denuncia a José Luis Mena, que había sido designado tan sólo una semana antes jefe de servicio de la concejalía. Mena lo trasladó de forma inmediata a las dependencias ubicadas en la calle León y Castillo de la Ciudad de los Faycanes, unas oficinas de nueva creación “con medios escasos”. En un principio se le asignó una mesa formada con una tabla de madera sujetada por dos burras, no anclada en el suelo, aunque posteriormente sí dispuso de equipamiento en condiciones -aunque tenía que compartirlo con otros empleados- y un ordenador.

La juez señala que Mena dio instrucciones para este cambio y para que le fueran atribuidas funciones. “No consta que recibiera escritos o informes de las condiciones de trabajo de Raúl Santana”, puesto que no se entregaron hasta el 22 de septiembre de 2005 y el jefe de servicio estuvo de vacaciones del 15 de ese mes al 15 de octubre, precisa en el fallo.

Contra la decisión del Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas de Gran Canaria aún cabe un recurso de apelación, para lo que dispone de un plazo de diez días.

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