Batalla judicial en Candelaria por la pérdida anual desde 2007 de más de un millón de metros cúbicos de agua

Tenerife Ahora

Santa Cruz de Tenerife —

El Ayuntamiento de Candelaria y la empresa encargada del servicio de agua Aqualia mantienen desde el año 2007 una batalla recurrente en los tribunales. La cuestión de fondo es el intento de la concesionaria de que se le compense por el servicio que ofrece a las instalaciones municipales y que en el momento del concurso se comprometió a suministrar de forma gratuita. A partir de ese año, la empresa incluye esta partida como pérdidas y exige al Ayuntamiento que aumente la tarifa para garantizar el equilibrio económico financiero. Y así ha ocurrido en varios ejercicios con subidas de hasta un 13 por ciento, que se traduce en el pago de una media de 19 euros más por recibo.

La empresa apela a que hay una diferencia anual de un millón de metros cúbicos entre el agua consumida y la facturada. El Ayuntamiento achaca este desajuste al servicio gratuito que se le ofrece, y la empresa, a las pérdidas en la red entre la galería y la red de distribución. Dado que el pleito se repite año tras año, los tribunales exigen a la Corporación local que lleve a cabo una labor más eficiente de supervisión y fiscalización. La mayoría de los pleitos han sido ganados en segunda instancia por la Corporación local ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en una serie de sentencias emitidas hace apenas cuatro meses.

En el año 2008, la empresa exigió que el Ayuntamiento le abonara 87.500 euros, que era la diferencia entre lo recaudado tras incrementarse el servicio un 7 por ciento, y lo que se dejó de ganar por no hacerlo en el doble, tal y como exigía la concesionaria. Aunque en principio los tribunales le dieron la razón a esta, finalmente se pusieron del lado del Ayuntamiento y se descartó que tuviera que abonar esa cantidad.

En el año 2009 se mantuvo la batalla. En esta ocasión, Aqualia exigía el pago de más de medio millón de euros por las pérdidas que aseguraba estar soportando. Sin embargo, el TSJC considera que para determinar el déficit financiero del contrato era procedente tener en cuenta todos los ingresos que se derivan de la concesión y, por ello, la sentencia se puso del lado del Ayuntamiento. En 2010, el déficit se situó en 805.000 euros y la razón se encuentra, precisamente, en la diferencia entre el agua consumida que llega a los 3 millones de metros cúbicos y los facturados que suma un millón menos.

En 2011, el déficit estaba cuantificado en 610.000 euros que la empresa reclamaba a la Corporación local. El problema, al igual que en la sentencia anterior, es que Aqualia en su día ofreció suministrar de manera gratuita agua al Ayuntamiento, aunque luego intentó endosar este consumo como pérdidas. Durante el proceso judicial salió a la luz un “descuadre” entre los casi 3 millones de metros cúbicos consumidos y los 2 millones facturados en ese ejercicio. La única explicación posible serían las pérdidas localizadas en la red, aunque el propio perito apunta que debería abrirse una investigación al respecto.

Antes de que se emitieran estas sentencias favorables al Ayuntamiento, se llegó a un acuerdo extrajudicial por medio del cual se aboga por la prórroga del servicio hasta el 15 de mayo de 2025. A cambio la empresa concesionaria invertirá 600.000 euros el primer año y el resto durante los demás a la vez que el Ayuntamiento se ahorrará más de 1,8 millones de lo que debe pagar a la empresa concesionaria por sentencias judiciales

Según informe del interventor municipal, antes de que se emitieran estas sentencias, la deuda que el Consistorio mantenía con Aqualia ascendía a 3.575.074,37 euros, incluyendo los intereses. Tras el acuerdo, la deuda se reduciría a 1.370.000 euros más los intereses que ascienden a 350.226,02 euros, lo que supone 1.720.226,02 euros. Habiéndose pactado que si la misma es abonada antes del 31 de diciembre de 2014 se dejarían de pagar los intereses y se reduciría la cantidad total a 1.300.000 euros, de los 3.575.074,37 euros previstos inicialmente.

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