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¿Qué debes tener en cuenta al llevar tu vehículo al taller?

Si tienes un vehículo en propiedad, es normal que cada cierto tiempo debas pasar por el taller ya sea para reparar una avería, para pasar la revisión periódica o para realizar labores de mantenimiento y puesta a punto. En todo caso, es importante que a la hora de elegir un taller u otro, optes siempre por centros homologados. Para ello, debes fijarte en que el taller tenga en la fachada la placa-distintivo obligatoria, en la que se indican con diferentes símbolos las actividades y especialidades autorizadas para ese taller.

Así, en la parte superior de la placa, dividida en cuatro rectángulos verticales, podrán aparecer, en color azul sobre fondo blanco, los siguientes símbolos:

  • Una llave inglesa, si el taller realiza trabajos de mecánica
  • Una flecha quebrada para los trabajos de electricidad y electrónica
  • Un martillo como símbolo de los trabajos de carrocería
  • Y una pistola de pintar si se realizan trabajos de pintura

La parte intermedia de la placa está dividida en dos rectángulos horizontales: el izquierdo, reservado para las especialidades, y el derecho, destinado a los talleres de reparación de motocicletas, en cuyo caso aparecerá el símbolo de la misma en ese espacio.

El espacio inferior de la placa se subdivide en tres zonas diferenciadas: la de la izquierda, destinada a un código numérico de dos cifras que identificará a la provincia donde radique el taller; la central, destinada al contraste, que será estampado por el órgano competente debajo del guión; y la de la derecha, destinada al número de inscripción en el Registro Integrado Industrial de Andalucía.

Pedir siempre un presupuesto previo

Es siempre conveniente que solicites un presupuesto por escrito para conocer el importe del servicio antes de contratarlo. Una vez recibido, es importante comprobar que ese presupuesto contemple, entre otros aspectos, los datos del taller y de la persona usuaria, la identificación del vehículo, las reparaciones a realizar, los elementos a reparar o sustituir, así como cualquier otra actividad a realizar con el vehículo, con indicación del precio total desglosado, con impuestos incluidos, que deberán ser pagados.

El presupuesto debe incluir también la fecha prevista de entrega del vehículo ya reparado, la indicación del tiempo de validez del presupuesto (mínimo 12 días hábiles), y los posibles gastos de estancia por días, si procede.

Únicamente se podrá proceder a la prestación del servicio una vez que se haya prestado la autorización correspondiente mediante la firma del presupuesto, o cuando se haya renunciado a la elaboración del mismo, algo que debe constar por escrito y firmado en el resguardo de depósito.

Este resguardo de depósito te lo deben facilitar al dejar el vehículo en el taller, y debe incluir tanto tus datos como los del taller, la información del vehículo, e indicar si el depósito se efectúa para la confección del presupuesto o para la reparación del vehículo. Además, debe incluir una descripción breve de los servicios a realizar, los kilómetros recorridos por el vehículo y el estado del depósito de combustible. También es muy importante que se señale la fecha prevista para la entrega del vehículo ya reparado o, en su caso, para la elaboración de presupuesto.

Es indispensable conservar ese resguardo hasta el final de los trabajos, ya que será necesario tanto para recoger el presupuesto como para retirar el vehículo, así como por si hubiera que presentar una reclamación por alguna circunstancia.

Si una vez recogido el presupuesto decides no realizar la reparación, solo podrán cobrarte por su elaboración si en el resguardo de depósito constan los trabajos necesarios para su elaboración, el precio correspondiente y su aceptación previa.

A la hora de recoger el vehículo

Cuando vayas a retirar el vehículo, el taller tiene la obligación de entregarte las piezas, elementos o conjuntos que hayan sido sustituidos, salvo que renuncies expresamente a ello. Además, recuerda siempre solicitar la factura por escrito, firmada y sellada, debidamente desglosada según las intervenciones realizadas en el vehículo.

La factura es indispensable para poder exigir garantías posteriores y para poder presentar, en caso necesario, reclamaciones al respecto. En la factura se deben especificar cualquier tipo de cargos devengados, las operaciones realizadas, piezas o elementos utilizados y horas de trabajo empleadas, señalando para cada concepto su importe.

Es importante revisar detalladamente la factura y comprobar que corresponde a lo presupuestado. Los precios de la mano de obra deben coincidir con los anunciados en el taller y también se puede exigir una comprobación de los precios de las piezas sustituidas. Si tienes alguna duda sobre los tiempos empleados para una reparación en concreto, puedes acudir a un concesionario oficial para conocer los tiempos asignados a esa reparación.

Debes comprobar también que la factura posee todos los datos reglamentarios (razón social del taller, domicilio, NIF o CIF, fecha, número de factura y sello y firma).

Ten en cuenta que todas las reparaciones o instalaciones efectuadas en cualquier taller contarán, al menos, con una garantía de 3 meses o 2.000 kilómetros recorridos. En el caso de vehículos industriales, la garantía es de 15 días o 2.000 kilómetros recorridos.

El cómputo del periodo de garantía se inicia el día de la entrega del vehículo y tendrá validez siempre que el vehículo no sea manipulado o reparado por terceras personas. Si las piezas incorporadas al vehículo cuentan con un plazo de garantía superior, para estas piezas regirá este plazo superior.

En caso de reclamación

Si se presenta algún problema o disconformidad con el servicio prestado por el taller, y no consigues llegar a un acuerdo con la empresa para solucionarlo, siempre puedes solicitar y presentar una Hoja de Quejas y Reclamaciones de la Junta de Andalucía para dejar constancia de la situación. Todos los establecimientos que operan en nuestra Comunidad tienen que disponer de este tipo de hojas a disposición del público, e informar de su existencia a través de un cartel anunciador.

En todo caso, siempre que sea posible es recomendable acudir a un taller de reparación adherido al Sistema Arbitral de Consumo, ya que con ello se garantiza que, en caso de problemas o controversias, puedas solicitar el arbitraje de consumo, un mecanismo de resolución extrajudicial de conflictos del que hablábamos en un artículo anterior, que ofrece un procedimiento rápido, gratuito y vinculante para las partes.

Si sigues teniendo dudas sobre este tema, puedes ponerte en contacto con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es o del perfil de Twitter @consumoresponde.

Si tienes un vehículo en propiedad, es normal que cada cierto tiempo debas pasar por el taller ya sea para reparar una avería, para pasar la revisión periódica o para realizar labores de mantenimiento y puesta a punto. En todo caso, es importante que a la hora de elegir un taller u otro, optes siempre por centros homologados. Para ello, debes fijarte en que el taller tenga en la fachada la placa-distintivo obligatoria, en la que se indican con diferentes símbolos las actividades y especialidades autorizadas para ese taller.

Así, en la parte superior de la placa, dividida en cuatro rectángulos verticales, podrán aparecer, en color azul sobre fondo blanco, los siguientes símbolos: