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El más por menos de las horas extra

Nuria Martínez Barco

Secretaria de condiciones de trabajo y salud laboral de CCOO Andalucía —

376.500 horas extra semanales. Ese es el tiempo que los trabajadores y trabajadoras dedican en Andalucía a sus empleos más allá de su jornada laboral ordinaria. De ellas, el 32% no se las pagan, con el doble fraude que ello conlleva: de un lado, para la persona trabajadora que no cotiza ni percibe esas horas, con el consiguiente perjuicio para sus prestaciones futuras como desempleo o pensión de jubilación, dificultando la conciliación de su vida personal y laboral y el disfrute del necesario tiempo de descanso para proteger su salud; y de otro, para la Seguridad Social porque la empresa elude pagar por esas horas extraordinarias. A ello hay que añadirle un dato no menos importante y es que solo con esas horas se podrían crear a tiempo completo más de 9.400 puestos de trabajo en nuestra tierra a la semana.

Con el objetivo de revertir una situación que se ha vuelto una constante en el mundo laboral y con la demanda presentada hace cuatro años por CCOO contra Deutsche Bank por este tema como precedente, el Gobierno aprobó el  Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo de medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que obliga a las empresas a implantar un sistema de registro de jornada diaria de trabajo y que, recientemente, ha entrado en vigor.

Es importante reseñar que sólo unos días después de entrar en vigor dicho Real Decreto, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea fallaba favorablemente a la demanda presentada por CCOO, lo que evidencia que la presión sindical y la previsión de esa sentencia han puesto los mimbres para que el Gobierno haya actuado anticipándose al TJUE.

No obstante, dicha sentencia es aún más ambiciosa en su contenido que el Real Decreto ya que, mientras éste no establece claramente los requisitos que debe cumplir el registro horario, el TJUE sí determina muchos aspectos de su régimen aplicable, además de concretar las características que debe tener el sistema. Entre otras, ha de ser objetivo, fiable y accesible, y permitir computar la jornada laboral diaria realizada por el trabajador o trabajadora, ya tengan puestos móviles, itinerantes, de teletrabajo o cualquier otra modalidad. Además, desde el sindicato nos vamos a empeñar para terminar de diseñar a través de la negociación colectiva sistemas de registro horario útiles y que sirvan para que las personas trabajadoras tengan las suficientes herramientas para denunciar en caso de que se materialice el fraude laboral. Por ello, en el convenio colectivo incluiremos, además de los anteriores ítems, que:

  • Sea un registro permanente, en tiempo real y objetivo para evitar que pueda ser manipulado, y para ello no sirven las hojas de Excel, las hojas de firmas o cualquier otro rudimentario sistema, sino que se tiene que acudir a las nuevas tecnologías, tan avaladas por los empresarios en otros casos, e implementar registros por huella, por tarjetas o mediante app's, ya disponibles en el mercado.
  • Debe incluir todas las horas, tanto las ordinarias como las extraordinarias, y tanto la representación sindical como la persona trabajadora tienen que recibir mensualmente una copia del mismo, por ejemplo, junto a su nómina, además de garantizarse su consulta en cualquier momento.

Desde CCOO somos conscientes de las dudas o susceptibilidades que esta medida, obligatoria para más de quinientas mil empresas en Andalucía, puede generar en la clase trabajadora debido, sobre todo, a una inspección de trabajo insuficiente y a algunos empresarios rácanos que buscarán artimañas y malas artes para incumplir la Ley. Y precisamente por ello, desde CCOO exigimos a la Administración que dote de los recursos económicos y humanos necesarios a la inspección para que actúen implacablemente ante la picaresca o el abuso empresarial y haga cumplir la norma.

Por nuestra parte, además de estar vigilantes para su cumplimiento, hemos puesto en marcha una campaña de información, asesoramiento y denuncia al servicio de todas las personas que lo puedan necesitar a través del teléfono 649 185 029. Nuestro objetivo es que ningún trabajador o trabajadora trabaje más horas por menos salario o, como sucede en un gran porcentaje de casos, a cambio de nada.

 

376.500 horas extra semanales. Ese es el tiempo que los trabajadores y trabajadoras dedican en Andalucía a sus empleos más allá de su jornada laboral ordinaria. De ellas, el 32% no se las pagan, con el doble fraude que ello conlleva: de un lado, para la persona trabajadora que no cotiza ni percibe esas horas, con el consiguiente perjuicio para sus prestaciones futuras como desempleo o pensión de jubilación, dificultando la conciliación de su vida personal y laboral y el disfrute del necesario tiempo de descanso para proteger su salud; y de otro, para la Seguridad Social porque la empresa elude pagar por esas horas extraordinarias. A ello hay que añadirle un dato no menos importante y es que solo con esas horas se podrían crear a tiempo completo más de 9.400 puestos de trabajo en nuestra tierra a la semana.

Con el objetivo de revertir una situación que se ha vuelto una constante en el mundo laboral y con la demanda presentada hace cuatro años por CCOO contra Deutsche Bank por este tema como precedente, el Gobierno aprobó el  Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo de medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que obliga a las empresas a implantar un sistema de registro de jornada diaria de trabajo y que, recientemente, ha entrado en vigor.