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Canteras de áridos ilegales, la plaga que no cesa

Eustaquio Villalba

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Hay dos cosas que son imprescindibles para el funcionamiento de cualquier sociedad, una es el agua y la otra los áridos. A más desarrollo más necesidad hay de ambos elementos. Canarias, lógicamente no es una excepción y, por tanto la disponibilidad de agua y de áridos son factores que inciden directamente en sus posibilidades de crecimiento y bienestar. En los años sesenta Canarias comienza a cambiar su modelo social al pasar de una economía basada en el sector primario a otra que tiene en el sector servicio, en concreto el turismo, su principal sostén. La construcción de urbanizaciones turísticas y de infraestructuras hizo que la demanda de áridos se disparara propiciando la aparición de canteras de manera descontrolada sin que las autoridades públicas hicieran nada por ordenar estas actividades extractivas que tienen un gran impacto territorial.

Por el contrario, durante décadas las administraciones públicas han propiciado y amparado canteras ilegales. El caso más llamativo es de las localizadas en Güímar permitidas por los responsables públicos hasta que la justicia, después de décadas de denuncias, ha terminado paralizandolas y condenando por delito ambiental a sus propietarios. Está claro que estas canteras ilegales pueden funcionar durante años porque las administraciones públicas han sido incapaces de ordenar este sector ni hacer cumplir la legalidad, por el contrario, y como ha ocurrido con el puerto de Granadilla, son los principales compradores de áridos ilegales.

Lo ocurrido en Taguluche de Valle Gran Rey, en la isla de La Gomera, es un ejemplo perfecto de como los partidos políticos que gobiernan las instituciones anteponen los interese particulares a los generales. A finales de la última década del pasado siglo este municipio gomera estaba gobernado por CC y el cabildo en manos del PSOE. Sus respectivos dirigentes, el fallecido alcalde Esteban Bethencourt y Casimiro Curbelo (que continúa ostentando el cargo) encarnaban a la perfección la figura del cacique que repartían prebendas a cambio de votos y utilizaban sus cargos políticos para hacer suculentos negocios en estrecha alianza con los empresarios locales. Decidieron expoliar el agua de los manantiales que se utilizaban para el riego y construir una planta para el embotellado, pero tras muchos años años de batalla judicial, el ayuntamiento de Valle Gran Rey fue condenado a derribar la planta y a devolver a su estado original la zona afectada.

La otra iniciativa de estos caciques fue pedir dinero a la UE para construir una pista agrícola para acceder al vecino barranco de Guariñén. Evidentemente no tenían ninguna intención de convertir esos áridos terrenos en una zona de cultivo, como prueba que no tuvieran previsto ningún tipo de red de abastecimiento ni contaran con los caudales necesarios, pues la única disponible era el agua de los nacientes localizados en el espacio protegido de El Lomo del Carretón, con un caudal insuficiente para cubrir las necesidades de los regantes de Taguluche. La “pista forestal” en realidad era el paso previo para construir una urbanización turística, pero par hacerla necesitaban una cantera. Al constructor y al ayuntamiento, con el visto bueno del cabildo y del Gobierno de Canarias, no se les ocurrió otra cosa que extraer las piedras necesarias del Lomo del Carretón. Esto ocurría en el año 1998.

En junio de este año 2018 el Juzgado nº 7 de Santa Cruz de La Palma dictaba sentencia el procedimiento abreviado nº 0000132/2012. y, como hecho probado, dice: “En fecha que no consta, el Cabildo de La Gomera encomendó la realización de la pista de Guariñén a Pedro Luis Darías Rodríguez, mayor de edad, que era un constructor importante en La Gomera, el cual, aprovechando que la misma se encontraba cerca de la carretera de acceso a Taguluche, acordó verbalmente con miembros de la Corporación local de Valle Gran Rey, siendo Juan Eustaquio Dorta Correa Concejal de Hacienda y Teniente Alcalde, proceder a la extracción de áridos en el lugar conocido como Risco Liso, sobre la carretera, dentro de los límites del Monumento Natural Lomo del Carretón, incluido en la Red Canaria de Espacios Protegidos y catalogado como Área de Sensibilidad Ecológica, ya que como en el lugar se hablan producido frecuentes desprendimientos de material sobre la vía el Ayuntamiento de Valle Gran Rey estaba interesado en intervenir en el talud, de modo que en virtud del acuerdo alcanzado Pedro Luis acometió la ejecución del desmonte gratuitamente, dispuso de la piedra que extrajo y vertió los áridos más pequeños por la ladera del otro lado de la carretera.”

Como relata la sentencia los vecinos hicieron un requerimiento notarial para que se paralizase la obra. También el Seprona denunció por vía administrativa, pero el ayuntamiento y el constructor hicieron caso omiso a esta clarísima infracción de la ley de conservación de Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestre. A pesar de todo esto siguieron con el desmonte y tuvo que ser el juez de San Sebastián de La Gomera el que acordara la paralización cautelar. Justo veinte años más tarde la Justicia ha fallado en este procedimiento abreviado, pero como dice la propia sentencia “concurre con el carácter de muy cualificada la atenuante de dilaciones indebidas del artículo 21 nº 6 del CP ya que la actuación típica se inició el 23 de marzo de 1998, las diligencias se incoaron el 5 de junio de 1998, la instrucción finalizó el 18 de septiembre de 2002, el escrito de acusación pública se presentó el 20 de agosto de 2003 y el de acusación popular ( entonces particular ) el 19 de julio de 2007, dictándose el auto de apertura de juicio oral el 20 de septiembre de 2011 y acordándose la remisión a este juzgado el 3 de mayo de 2012, siendo los intervalos entre las fechas expuestas tan significativos que hacen innecesaria una mayor valoración.”

A pesar del atenuante por el excesivo retraso en el procedimiento, se condena al constructor “como responsable de un delito tipificado en el art. 325 del CP a 45 días de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de profesión u oficio relacionado con la construcción por tiempo de 3 meses, con obligación además de indemnizar a la Administración Pública que ostente la titularidad del Monumento Natural del Lomo del Carretón en Taguluche, Valle Gran Rey, La Gomera, en 34.979 €y de pagar las costas procesales.” Se absuelve al entonces teniente de alcalde al considerar que fue responsabilidad del que era alcalde en aquel momento Esteban Bethencourt, ya fallecido.

Han tenido que transcurrir dos décadas para que la Justicia sentenciara en un caso tan evidente de actuación caciquil, pero esa misma lentitud del Poder Judicial ha beneficiado a los delincuentes y les anima, dada las escasas penas, a seguir actuando de la misma manera. Esta es una de las razones que explican la proliferación de canteras ilegales que picotean impunemente el territorio. La otra consecuencia del mal funcionamiento de la Justicia es la impunidad de la que gozan los políticos que propician, permiten y amparan este tipo de actuaciones.

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