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Chapucera adaptación

Román Rodríguez / Román Rodríguez

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La Directiva Europea de Servicios, presentada por la Comisión Europea en febrero de 2004 y aprobada en noviembre de 2006, entrando en vigor el 28 de diciembre de 2006 (Directiva 123/2006/CE), resulta aplicable a una amplia gama de actividades y, entre ellas, a los servicios turísticos, incluyendo expresamente los de alojamiento y restauración, así como a los que prestan las agencias de viaje y los guías de turismo y los servicios de ocio. La Directiva Bolkestein requiere que los Estados miembros emprendan un proceso de simplificación administrativa que facilite la libertad de establecimiento y de prestación de servicios, contribuyendo según reza en su texto “a la creación de nuevos negocios, de empleo y riquezas”.

Legalizar camas

Esto obliga a los Estados a revisar y modificar los regímenes de autorización a los que están sometidas las actividades de servicio en su territorio. La Ley estatal 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, conocida como “Ley paraguas”, traspone esa Directiva y obliga a todas las comunidades autónomas a hacer lo propio. El Estado ha sacado la conocida como “Ley ómnibus” ?popularizada por las movilizaciones de rechazo de los taxistas en Madrid- para regular todas las actividades de servicios a nivel de España. Y las comunidades autónomas debían hacer lo propio antes del 28 de diciembre.

En mi opinión, el Gobierno de Canarias ha hecho una ley “atrápalo todo”, que modifica de tapadillo, vía enmiendas de los propios grupos que conforman el pacto de gobierno ATI-CC y PP, a otras tres normas: la de Ordenación Territorial de la actividad turística para las islas de La Palma, La Gomera y El Hierro; la de Ordenación del Transporte por Carreteras, y la de Ordenación Farmacéutica.

Además, han aprovechado esta ley para legalizar miles de camas irregulares de turismo rural, de una forma poco transparente y ahondando en sus políticas claramente clientelares. A través de una enmienda “sorpresa” de ATI-CC y PP, sin informe jurídico previo, sin conocer el número exacto de camas en esta situación y sin valorar en qué estado están. Esto supone una chapuza en toda regla, ya que convierte a la ley en una norma permisiva en la que todo vale, beneficiando a quienes no han cumplido con sus obligaciones legales y perjudicando a los empresarios de turismo rural que han cumplido.

También tenemos que denunciar que el Gobierno de ATI-CC y PP ha intentado resolver a través de esta ley, de forma apresurada, sin reflexión y sin consenso, una sentencia del Tribunal Supremo, que confirma otra del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), por la que se anulan las adjudicaciones de un conjunto de farmacias. Esta forma de actuar y la solución propuesta en esta ley ya están generando protestas por parte de los colegios de farmacéuticos de ambas provincias y, seguramente, generará nuevos procesos judiciales.

Adaptación Turismo

En lo que se refiere estrictamente a la adaptación de la Ley 7/1995 de Ordenación del Turismo de Canarias a la nueva Directiva Europea de Servicios, se plantean algunos problemas. Entre ellos el hecho de que al desaparecer las autorizaciones previas y las autorizaciones administrativas para el ejercicio de actividad turística, había que precisar cómo se regularía la parte de la moratoria turística que sigue en vigor aunque rebajada por la Ley de Medida Urgentes, puesto que ésta ya autoriza la construcción de nuevos hoteles de cinco estrellas. Entiendo que este importante asunto, que tenía diversas soluciones, ha quedado mejor definido en el trámite de enmiendas parlamentarias, manteniendo la necesidad de autorización administrativa para los nuevos alojamientos turísticos y el silencio negativo en el caso de falta de respuesta de la administración.

No ocurre así con otro asunto significativo. Me refiero a los mecanismos que se pondrán en vigor para el control “ex post” de las actividades turísticas de todo tipo y, especialmente, las de índole alojativo. En este sentido, considero que sería imprescindible la modificación de la normativa de infracciones y, sobre todo, el fortalecimiento del sistema de inspección de la Consejería de Turismo, en la actualidad completamente infradotado, y con la finalidad de controlar los posibles incumplimientos.

Este último asunto es quizás el más relevante para poder atender la veracidad de las “comunicaciones previas”, único requisito para iniciar la actividad. En mi opinión, este último apartado es el que peor parado ha quedado, puesto que nada se dice al efecto. Creemos que es mucho más importante el incremento de la dotación de inspectores de turismo para enfrentar el nuevo procedimiento liberalizador que el empecinamiento por la creación de la llamada policía autonómica.

En definitiva, nos encontramos ante una muestra más de la incapacidad legislativa del Gobierno de Canarias y de los grupos que lo soportan parlamentariamente. Que, como en el caso que nos ocupa, benefician a los que incumplen con la normativa, generan más inseguridad jurídica y hacen una auténtica chapuza al meter de todo en una ley, más preocupados por salvar los muebles que por hacer normas perdurables en el tiempo que ayuden al progreso de las Islas, como ha ocurrido con los dislates de la Ley de Medidas Urgentes, la del Cuerpo General de la Policía Canaria o de la normativa que pretende descatalogar especies protegidas, próximo disparate en camino.

Román Rodríguez

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