La Fiscalía cree que Aznar no tuvo responsabilidad contable

La Fiscalía cree que el ex presidente del Gobierno José María Aznar no incurrió en ningún tipo de responsabilidad contable al contratar en diciembre de 2003 a un lobby estadounidense que supuestamente habría mediado para que se le otorgara la Medalla de Oro del Congreso de Estados Unidos porque, a su entender, esta gestión buscaba “la satisfacción del interés público general, independientemente de la satisfacción personal” que le pudiera causar al entonces jefe del Ejecutivo.

Así consta en un auto hecho público este lunes mediante el que el Tribunal de Cuentas traslada a su Sección de Enjuiciamiento las diligencias de investigación que abrió en febrero pasado sobre la partida presupuestaria de 2,3 millones de euros que el Gobierno de José María Aznar aprobó el 26 de diciembre de 2003, al objeto de suscribir un contrato con la empresa norteamericana Piper Rudnick.

La resolución recoge un informe remitido el pasado 9 de febrero por la Fiscalía en el que se defiende que, “sin perjuicio de las posibles irregularidades en la forma de contratación” a que se referían los denunciantes, los abogados José Luis Mazón y Encarnación Martínez y la Asociación Preeeminencia del Derecho, “no se daban en los hechos denunciados los requisitos de responsabilidad contable por alcance a persona alguna”.

El Ministerio Público también destaca que el acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros tenía por objeto “la promoción de relaciones más próximas con Estados Unidos”, ya que la firma estadounidense “se comprometía al asesoramiento del Gobierno de España” para “reforzar relaciones con la Casa Blanca, con el Departamento de Estado, con otros departamentos ejecutivos y agencias y con el Congreso de Estados Unidos”.

Abogacía del Estado

En similares términos se manifestó la Abogacía del Estado, que defendía en un informe fechado el pasado 16 de febrero que, “excluida la responsabilidad penal, cualquier defecto de tramitación que pudiera existir en el expediente es ajeno al ámbito de actuación del Tribunal de Cuentas y no determinaría por sí mismo la exigencia de responsabilidad contable si no existe perjuicio a los caudales públicos”.

En todo caso, el Departamento Tercero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, que abrió diligencias por estos hechos el pasado 3 de febrero, traslada con su auto las actuaciones a su Sección de Enjuiciamiento con el fin de que ésta proponga a la Comisión de Gobierno el nombramiento de un delegado instructor que dirija la investigación.

La resolución, que se traslada a Aznar en calidad de denunciado y contra la que cabe recurso de súplica, sostiene que “no se debe excluir sin más trámite la hipotética existencia de responsabilidad contable” por parte del ex presidente del Gobierno si la finalidad de esta contratación “hubiese sido privada y no pública y el gasto no hubiera sido debidamente justificado, aspecto que no ha quedado claro con la documentación remitida”.

“Sería conveniente analizar si la actividad a desarrollar por la empresa contratista era de naturaleza pública, en todo o en parte, así como la finalidad perseguida por el objeto del contrato”, señala el Tribunal de Cuentas en su auto, en el que considera que, “de forma indiciaria”, podrían deducirse “unas supuestas irregularidades en el procedimiento de contratación, aceptadas tanto por el Ministerio Fiscal como por la Abogacía del Estado”.

Por ello, justifica la necesidad de llevar a cabo una investigación para “comprobar adecuadamente si los servicios efectivamente se prestaron o no y, si se prestaron finalmente, para aclarar si dichas actuaciones tenían por objeto una finalidad pública debidamente justificada, todo ello puesto en relación con aquellas normas presupuestarias de aplicación del gasto”.

Archivo penal

Los denunciantes ya emprendieron acciones por estos hechos por las vías penal y contencioso-administrativa, si bien en los dos ámbitos las pesquisas fueron archivadas. En su escrito, que presentaron el pasado 15 de diciembre, Mazón y Martínez pidieron que se determine qué parte del gasto del contrato suscrito entre el Gobierno de José María Aznar y la empresa norteamericana se desvió para gestionar la obtención de la Medalla del Congreso.

También solicitaron que se compruebe si el contrato, suscrito por un plazo de 20 meses, se cumplió en su totalidad y si se realizaron finalmente los trabajos contratados y los desembolsos mensuales previstos; o si se rescindió tan pronto no fue posible la obtención de la Medalla. Asimismo, reclamaron que se aclare en qué se aplicó la diferencia entre los 2,3 millones de euros aprobados y los 2 millones de dólares contratados.

En marzo de 2007, el juez de Instrucción número 23 de Madrid, David Mamán, inadmitió a trámite la querella que presentaron los abogados sobre este asunto al no apreciar “existencia de indicio alguno de responsabilidad criminal”, así como de “ningún” delito de malversación y de falsedad. Según el juez, la concesión de la Medalla de Oro del Congreso americano suponía en esos momentos “un beneficio diplomático” y “una vía presencial en Estados Unidos”.

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