El Supremo confirma la absolución del etarra Vicario por el rapto de Aldaya

El Tribunal Supremo (TS) confirmó la sentencia de la Audiencia Nacional que en 2006 absolvió al etarra Gregorio Vicario Setién de participar en el secuestro del industrial vasco Jose María Aldaya, según informó el Alto Tribunal. Así lo acordó este miércoles la Sala de lo Penal del TS por unanimidad tras desestimar los recursos de la Fiscalía y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) contra la resolución dictada en diciembre de 2006 por la Audiencia Nacional.

La ausencia en el juicio por el secuestro de Aldaya de un informe pericial sobre las muestras genéticas del etarra recogidas en el zulo donde estuvo detenido, que el fiscal no aportó como prueba, obligó a la Audiencia a absolver al acusado. La sala tomó esta decisión dos horas después de celebrar una vista en la que la Fiscalía solicitaba al Tribunal Supremo que obligara a la Audiencia Nacional a valorar esta prueba de ADN y alegó que el fiscal no pudo aportar la muestra genética porque cuando ésta llegó al tribunal, la instrucción del procedimiento ya estaba concluido.

No obstante, señaló que el hecho de que el fiscal no lo propusiera como prueba, “no es objeción” para que el tribunal no la tuviera en cuenta “si la consideraba tan importante” para corroborar la declaración de los dos autoinculpados en el secuestro.

Autocrítica

En su intervención, la representante del Ministerio Público no quiso “dejar de hacer una autocrítica” sobre la actuación del fiscal en la causa porque “pudo perfectamente” pedir al Tribunal que incorporara el test de ADN recogido en una maquinilla de afeitar hallada en el zulo donde Aldaya estuvo retenido.

“Aún así”, insistió, el tribunal debió presentar esta prueba que acreditaba la presencia de Vicario Setién en el zulo durante el secuestro del empresario vasco, que se produjo entre el 8 de mayo de 995 y el 4 de abril de 1996. Por parte de la acusación popular, el abogado de la AVT, Emilio Murcia, alegó que la Sala debería haber tenido en cuenta la prueba pericial y ha solicitado que se modifique la sentencia absolutoria, se valore ese elemento incriminatorio “y se llegue a una segunda sentencia condenatoria”.

La defensa de Vicario Setién, que ejerció el abogado Kepa Mancisidor, mantuvo que “no existe una prueba de cargo suficiente” para inculpar al etarra en el secuestro y en el juicio tan sólo se presentó como material probatorio la declaración de los imputados, que al no ser “corroborada” por una “prueba externa”, según explicó, “no adquiere el rango de prueba”. Además, señaló el letrado, la muestra de perfil genético, de la “que simplemente se nos dice que existe, pero no se nos presenta un informe” pudo haberse visto en el juicio, pero las partes acusatorias no la presentaron.

La sentencia del Tribunal Supremo, de la que únicamente se ha hecho público el fallo, se dará a conocer los próximos días.

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