Condenado a 3 años y medio de cárcel un ex piloto de rallyes canario por coaccionar a abogado y arquitecto

La Audiencia de Las Palmas declara probado que extorsionó a ambas víctimas

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 5 (EUROPA PRESS)

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado al empresario lanzaroteño y ex piloto de rallyes Óliver Rodríguez a tres años y seis meses de prisión por coaccionar a un abogado de Lanzarote y a un arquitecto de Tenerife.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, le condena como autor criminalmente responsable de dos delitos de coacciones con la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal agravante de precio, promesa o recompensa, a la pena de un año y nueve meses de prisión por cada uno de los delitos.

Asimismo, le absuelve del delito de conspiración al asesinato por el que también venía siendo acusado, según detalla la resolución.

En todo caso, impone al acusado la prohibición de acercarse a menos de 200 metros a las víctimas, el abogado Samuel G. y el arquitecto Antonio J., y a sus descendientes y cónyuges, en cualquier lugar donde se hallen y a sus domicilios o lugares de trabajo o cualquier otro que frecuenten, así como a comunicarse con todos los anteriores por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito o verbal o visual, durante 4 años.

Igualmente, en concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a Samuel G. por “los evidentes perjuicios morales”, en la cantidad de 3.000 euros.

La Fiscalía y la acusación particular, representada por el abogado Manuel Fajardo, solicitaban para el procesado la pena de 17 años de prisión al acusarle de presuntamente haber contratado a un sicario para extorsionar y asesinar a un letrado y un arquitecto. Por su parte, la defensa reclamaba la libre absolución para su cliente.

MÉTODOS INTIMIDATORIOS

La Sala declara probado que Óliver Rodríguez, --ejecutoriamente condenado por sentencia firme de fecha 30 de junio de 2008 por un delito de falsificación de documentos públicos a la pena de dos años y seis meses de prisión y a la pena de multa de once meses a razón de una cuota diaria de cien euros--, con el fin de lograr la obtención de cantidades de dinero de las que se consideraba acreedor de determinadas personas, contactó en Lanzarote con el también procesado Klaus Echard Paul Erichgustav --natural de Alemania y ya fallecido---

Ello a fin de que éste, a cambio de dinero y empleando medios intimidatorios, tales como llamadas, visitas, vigilancias, notas, la acusación de daños y amenazas, entre otros, consiguiera el pago de las indicadas deudas.

Los presuntos deudores eran Samuel G., antiguo abogado de Óliver, con residencia en Lanzarote, y Antonio J., que reside en Tenerife y con quien el ex piloto negoció la compra de un barco que nunca llegó a adquirir por falta de pago.

AMENAZAS A SU ANTIGUO LETRADO

Así pues, el 14 de abril de 2008 Klaus-Echard Paul llamó a Samuel presentándose como Boris y, con la intención de obligarle a la entrega de una cantidad de dinero de la que se consideraba deudor, le exigió “con amenazas de muerte”, en nombre de Óliver Rodríguez, la cantidad de 114.000 euros.

Al día siguiente, sobre las 13.56 horas, Klaus-Echard llamó nuevamente y con idéntico fin a Samuel G., informándole sobre la existencia de un sobre que había dejado en el buzón de su despacho profesional en el que le daban instrucciones para entregar el dinero que le había pedido.

En esta carta se le concedía un plazo de 10 días para pagar. Asimismo, el día 18 de abril de 2008, Klaus volvió a llamar al letrado y le dijo que, si no pagaba, “se pasaría a la segunda etapa”. Klaus estuvo días realizando seguimientos a Samuel, así como apareciendo en los alrededores de su domicilio y despacho profesional.

“EN LA ESQUELA DE UN PERIÓDICO”

Respecto a Antonio J., con el propósito de obtener de éste la entrega de 22.000 euros, el día 19 de abril de 2008, Klaus-Echard Paul “por encargo y a costa” del procesado Óliver, viajó a Tenerife.

El día 5 de mayo de 2008, sobre las 11.00 horas, y tras haber realizado labores de investigación de sus bienes y de su domicilio y lugar de trabajo, llamó al arquitecto con el fin de asustarle y de conseguir la entrega de dicho dinero, presentándose como 'Dalkov'.

Posteriormente, el día 8 de abril de 2008, previa llamada telefónica, se presentó en el despacho profesional de este hombre, situado en La Laguna (Tenerife), para el mismo fin. Ya en esta oficina, Klaus llamó a Óliver, quien habló con Antonio, compeliéndole a la entrega de la referida cantidad, advirtiéndole de que “cualquier día podía aparecer en la esquela de un periódico”.

Con posterioridad, Klaus, “siempre por encargo” de Óliver, realizó una nueva llamada a Antonio, exigiéndole el dinero, sin que llegaran a encontrarse físicamente. Antes de ese día Klaus había iniciado gestiones para localizar bienes pertenecientes a Antonio, manteniendo diversas comunicaciones con Óliver, quien le giró determinadas cantidades de dinero durante su estancia en Tenerife.

Contra la resolución de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que tendrá que prepararse ante esta Sala en el plazo de cinco días.

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