El Gobierno confirma que el Catálogo de Especies Amenazadas nacional no incluye los sebadales canarios
SANTA CRUZ DE TENERIFE/MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto para el Desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, por el que se pretende aumentar la protección de distintas especies en función de sus necesidades de conservación, de las cerca de 900 especies incluidas en el listado.
De igual forma el nuevo documento “no incluye” como especie amenazada la cymodocea nodosa más conocida como sebadal, según han confirmado a Europa Press fuentes gubernamentales. Así los sebadales del archipiélago canario continúan sin protección estatal, a la que recientemente se ha sumado la regional ya que el texto aprobado en las islas sólo la protege en áreas concretas.
Con el nuevo Real Decreto se contribuye al desarrollo de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se establecen las características, contenido y procedimientos de inclusión, cambio de categoría y exclusión de especies en el Listado y en el Catálogo; las directrices de evaluación periódica del estado de conservación de esas especies; las características y contenido de las estrategias de conservación; las condiciones técnicas necesarias para la reintroducción de especies extinguidas y el reforzamiento de poblaciones, así como las condiciones naturales requeridas para la supervivencia o recuperación de especies silvestres amenazadas y los aspectos relativos a la cooperación para su conservación.
Además, el listado incluye las especies, subespecies y poblaciones de flora y fauna española que requieren medidas específicas de protección por parte de las Administraciones Públicas. En su seno se establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas, donde se recogen las categorías “en peligro de extinción” y “vulnerable”.
De este modo, el Ejecutivo considera que el nuevo Catálogo es “una herramienta de conservación fundamental” porque establece una clasificación del orden de importancia de las especies en relación con las necesidades de protección y porque sirve de “referencia para optimizar y priorizar” las actuaciones de las Administraciones Públicas, organizaciones y ciudadanos en relación a la protección de la biodiversidad.
Además, el texto establece que las especies, subespecies y poblaciones incluidas requieren la evaluación periódica de su estado de conservación, la prohibición de captura y muerte y destrucción de sus áreas de reproducción, invernada o reposo, así como la adopción de planes de recuperación o conservación en el caso de estar consideradas “en peligro de extinción” o “vulnerable”.
La aprobación el Real Decreto actualiza el Catálogo de Especies Amenazadas que data de 1990 y que fue revisado en 2006, de modo que lo adapta a la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad.
Concretamente, el nuevo Listado y Catálogo integral, recoge un total de 898 especies, lo que supone un incremento en el grado de protección de 327 especies. En concreto, incorpora 288 nuevas especies protegidas por Convenios y directivas europeas suscritos por España, e incrementa de categoría de protección un total de 39 especies que ya estaban en el anterior Catálogo.
Asimismo, el Gobierno considera que “una de las aportaciones más importantes” es el establecimiento de un procedimiento dinámico de actualización del Listado y Catálogo. A tal fin, un comité científico independiente revisará el estado de conservación de las especies, se encargará de proponer nuevas especies a ser incluidas, excluidas a que cambien de categoría y también se prevé la posibilidad de participación pública en estas propuestas.
Finalmente, el Consejo de Ministros destaca que el texto ha sido acordado y consensuado con las comunidades autónomas, y ha sido objeto de un dilatado proceso de consulta en el que han intervenido, además de varios Ministerios y las comunidades autónomas, los sectores interesados, asociaciones ecologistas y organizaciones científicas y profesionales.