Reyes: ''De la tonga de papeles que me ponían delante, unos los leía y otros no''
El alcalde de Yaiza, en Lanzarote, entre 1994 y 2008, Juan Francisco Reyes, negó este miércoles ante el tribunal que lo juzga en la Audiencia Provincial de Las Palmas, ser autor de un delito contra la Ordenación del Territorio en la zona conocida como Las Breñas. Sus respuestas a todas las preguntas formuladas tanto por el Ministerio Fiscal como por su defensa, defendían la tesis de que firmó las licencias de construcción de nueve viviendas en terreno rústico, basándose en unos informes técnicos y jurídicos que, según reconoció, no siempre leía. “De la tonga de papeles que me ponían delante”, para firmar “unos los leía y otros no”.
El fiscal, Ignacio Estampa, durante su interrogatorio le señaló en varias ocasiones que algunos de los informes especificaban que la calificación del terreno de 12.500 metros cuadrados donde finalmente se construyó la citada promoción de viviendas, era rústico. En base a esta afirmación,El Estampa le pidió que explicara cómo era posible que tras ver reflejado esto en un informe jurídico, concediera la licencia. Reyes respondió que de los informes que decidía leer, de manera aleatoria, sólo lo hacía con “los primeros párrafos”.
El juicio, que comenzó esta mañana y continuará durante la tarde, juzga además de al ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes (PNL-Nueva Canarias), al secretario municipal, Vicente Bartolomé Fuentes y a otros dos técnicos del Ayuntamiento, Pablo Carrasco y Alfredo Morales, por tres delitos continuados contra la ordenación del territorio y uno de falsedad de documento público, por permitir la construcción de nueve chalés con piscina en parcelas independientes de unos mil metros cada una, pertenecientes a una unidad mayor de 12.500 metros cuadrados declarados rústicos según consta en el alegato del fiscal Ignacio Estampa.
Por este hecho, el fiscal solicita para Reyes, Morales y Fuentes, nueve años inhabilitación especial para empleo o cargo público, y unas multas de 19.000, 7.500 y 15.000 euros, respectivamente, y para Pablo Carrasco, cinco años de prisión e inhabilitación por el mismo delito, y además, el de falsedad en documento público.
El Ministerio Fiscal expuso al inicio de la vista que su tesis principal es que los cuatro acusados eran conscientes en el momento de permitir la construcción de la promoción de viviendas de que la calificación de la parcela no lo permitía, y por ello omitieron la solicitud de permisos de instancias superiores, tal como especifica la Ley.
Esta tesis fue negada en repetidas ocasiones tanto por Reyes como por el arquitecto técnico, Pablo Carrasco, el único para el que se pide pena de prisión por falsedad documental. Carrasco, en su informe favorable a la construcción hace constar que la parcela “es un solar”, y además se refiere “al artículo 50 del PIOT” de Lanzarote, para justificar la legalidad de una construcción en la zona señalada. El Ministerio Fiscal le pidió en repetidas ocasiones que explicara el uso de la palabra “solar”, cuando la calificación del terreno no lo permite, y el técnico señaló que la usó “simplemente” como un sinónimo de las palabras terreno o parcela. Negó en todo momento que quisiera “tergiversar” el contenido de la normativa vigente en la citada finca en el momento de la construcción de la promoción de nueve viviendas.
Asimismo, tanto Carrasco como Reyes, negaron tener relaciones de amistad con el promotor de la obra, ni que se reunieran con él en el terreno para planificar el proyecto de las nueve viviendas.
Ambos insistieron en su carencia de conocimientos jurídicos para entender en sus justos términos toda la normativa urbanística vigente en la zona, pero no supieron explicar los motivos de que a pesar de su ignorancia, no buscaran asesoramiento técnico. El ex regidor señaló que “por supuesto” confiaba totalmente en los informes que elaboraban los técnicos del Ayuntamiento.
Hechos
Los hechos se remontan a 1998. Según el relato del fiscal, la sociedad Casas Conejeras adquirió un terreno rústico de 12.500 metros entre las localidades de Las Breñas y Femés (Yaiza) “a sabiendas de que el Ayuntamiento de Yaiza autorizaría la construcción de al menos una edificación con destino a vivienda en el lugar”.
La sociedad construyó en ese terreno nueve viviendas unifamiliares con piscina en nueve parcelas independientes y su construcción fue autorizándose a través de licencias de segregación y de obra por decretos del alcalde. Todas las licencias fueron solicitadas por el administrador de la empresa, Martín Bartolo, excepto una que la pidió su pareja, Elsa Luzardo, mientras que los decretos los firmó Reyes, excepto cuatro que los firmaron José Antonio Rodríguez y Narcisa Peña, como alcaldes en funciones.
A pesar de las segregaciones, la finca matriz no disminuía de tamaño y continuaba teniendo 12.500 metros cuadrados. La Fiscalía considera que Reyes sabía que la parcelación urbanística requería de una ordenación pormenorizada pero “se desentendió voluntariamente” de ella. También señala que el ex alcalde sabía que no se podía autorizar las viviendas sin control previo por parte del Gobierno de Canarias o del Cabildo, ya que para autorizar edificaciones en suelo rústico hace falta una calificación territorial que otorga la institución insular. Dos de esos decretos fueron declarados nulos por los tribunales de justicia.
En cuanto al secretario, Vicente Bartolomé Fuentes, dice la Fiscalía que omitió hacer constar en sus informes jurídicos la necesidad de obtener la calificación territorial del Cabildo. Sin embrago, en el primero de los informes que hizo para esas casas, en mayo de 1998, sí hizo constar que era necesario un informe de compatibilidad con el Plan Insular de Ordenación.
El arquitecto técnico del Ayuntamiento, Pablo Carrasco, “informó con conciencia y voluntad de no poner ningún inconveniente”, según el Fiscal, ya que consideraba los terrenos para los que se solicitaban las licencias como urbanos solar, cuando eran rústicos, tal y como él mismo reconocía en las licencias de segregación. Por su parte, el aparejador municipal, Alfredo Morales, según el fiscal, informó varias solicitudes de segregación conforme a un planeamiento municipal que no estaba aprobado definitivamente.