El Gobierno tramitará la residencia de los trabajadores extranjeros de buques

El Consejo de Ministros aprobó este viernes las instrucciones para tramitar las solicitudes de autorización de residencia y trabajo de extranjeros no comunitarios enrolados en buques españoles inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras.

Según la referencia del Gabinete, el objetivo de estas instrucciones es facilitar el inicio de la actividad laboral por un trabajador extranjero que no reside en España y que va a ser embarcado fuera de nuestro país, por necesidades del sector español de Marina Mercante.

Este procedimiento es resultado de un acuerdo alcanzado el pasado marzo en el la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, en la que participaron, además del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y los agentes sociales, representantes de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Interior y de Fomento.

Según estas instrucciones, los trabajadores extranjeros no comunitarios enrolados en buques españoles podrán iniciar su actividad laboral con una autorización de trabajo provisional.

Para ello, contarán con un documento expedido previamente con todas las garantías: un certificado administrativo del enrole emitido por la Capitanía Marítima o por el capitán del buque y acreditación de las obligaciones en materia de Seguridad Social, capacitación y reconocimiento médico, añade la referencia.

Como empleadores podrán acogerse a las condiciones de estas instrucciones las empresas navieras que, a través de sus representantes legales en España, soliciten la contratación de trabajadores extranjeros no comunitarios en buques que enarbolen pabellón español y que estén inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras.

La ocupación a desarrollar por el trabajador extranjero no comunitario deberá estar calificada en el momento de la solicitud dentro del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, elaborado trimestralmente por el Servicio Público de Empleo Estatal.

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