El jurado declara culpables por igual a los dos homicidas de La Rocar
Dos indigentes que habitaban en unas chabolas de Arrecife de Lanzarote han sido declarados culpables del homicidio de un tercer residente del lugar al que golpearon y apuñalaron hasta la muerte para luego ocultar las pruebas de sus actos, conforme al veredicto de un tribunal jurado.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 22 de octubre de 2005, cuando los acusados, Santiago Nuez Ramírez y José Antonio Niz Suárez, en el transcurso de una discusión iniciada “por causas que se desconocen”, “golpearon en la cabeza, con un objeto romo, a Rogelio Roka Bopabote y le clavaron una navaja tipo mariposa en el pecho y en el epigastrio”, según el veredicto, emitido en la tarde de este viernes.
Tras una semana de sesiones del juicio celebradas en la Audiencia Provincial de Las Palmas, en él se considera igualmente culpables del homicidio a ambos acusados, una circunstancia con la que mostró su disconformidad la abogada defensora de José Antonio Niz, Rosa Callero, quien insistió en calificar la decisión del jurado de “muy injusta”, con el argumento de que su representado es inocente.
“No hay ninguna huella que sitúe a José Antonio en ningún sitio” de la chabola concreta donde se cometió el homicidio, aseguró la letrada, que opinó que el veredicto “no tiene ni pies ni cabeza”, porque considera culpables por igual a su defendido y a Santiago Nuez, cuando, según su versión, éste fue, en solitario, el responsable de la muerte de Rogelio Roka. Algo que se demostró en la vista oral del juicio, tanto por el hecho de que no se presentó ninguna prueba física que relacionara con el suceso a José Antonio Niz como porque las declaraciones de otros residentes de la misma zona de chabolas coincidieron en señalar a Santiago Nuez como único culpable.
Éste controlaba a Niz, que era “un individuo sin personalidad, que habría hecho lo que fuera que le dijera Santiago”, de acuerdo a su versión. La defensora recalcó que respalda su tesis la postura del Ministerio Fiscal, que ha pedido para su representado 14 años de prisión y una pena mayor, de 15 años, para Santiago Nuez, desde la opinión de que el segundo tuvo mayor responsabilidad en el suceso.
La fiscalía, en cualquier caso, justificó la petición mayor para Nuez afirmando que fue quien causó la lesión más grave a la víctima y la última persona que le vio con vida y que, pese a saber que “va a morir, ahí lo deja”.
El jurado, en cualquier caso, considera en su veredicto a ambos hombres culpables por igual, no sólo de las lesiones que acabaron con la vida de Rogelio Roka sino también de varias acciones con las que trataron de ocultar su autoría en los hechos.
Así, declaró hechos probados que ambos, “con el fin de ocultar su acción”, trasladaron el cuerpo de su víctima, “todavía con vida, hasta el segundo piso de una nave situada a unos doscientos metros de distancia” y que más tarde, de madrugada, “lavaron con agua el cuerpo”, tras lo cual “se cambiaron de ropa, se deshicieron de las armas y limpiaron la chabola”.
El jurado rechazó, además, que esté probado que los acusados tuvieran sus facultades mermadas por efectos de las drogas o el alcohol, por lo que la acusación particular mantuvo su petición de condenar a ambos a 15 años de prisión, la pena máxima prevista para los delitos de homicidio.
Tras la lectura del veredicto y las intervenciones de todos los letrados, que, en el caso del defensor de Santiago Nuez, fue para reclamar la pena mínima por homicidio, de diez años, la magistrada presidenta del tribunal jurado, Eugenia Cabello, declaró el juicio visto para sentencia, si bien la abogada Rosa Callero anticipó que recurrirá el fallo cuando sea emitido.