Quince años de cárcel por abusar de la sobrina de su pareja sentimental en Tenerife

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a un total de 15 años y tres meses de cárcel a un hombre que abusó en reiteradas ocasiones de la sobrina de su pareja sentimental cuando la niña tenía 15 años y vivía en su casa. El procesado también abusó de una amiga y vecina de la víctima principal.

Los hechos enjuiciados ocurrieron habitualmente durante 2007 y parcialmente en 2008, en numerosas ocasiones, según reza la sentencia condenatoria dictada el 27 de enero de 2009 por el tribunal presidido por el juez José Félix Mota Bello. El condenado, Juan Antonio G.D., aprovechó que las dos sobrinas de su pareja sentimental vivían con él para agredir sexualmente a una de ellas.

Según el fallo, los abusos se produjeron en reiteradas ocasiones en la vivienda familiar, cuando la tía de la víctima estaba trabajando fuera. El procesado amenazaba a la niña con echarla de casa y con “hacerle la vida imposible”. El condenado también realizó tocamientos a otra niña, amiga y vecina de la denunciante. Además grabó varios videos y sacó fotos de los abusos.

Como consecuencia de las múltiples violaciones a las que fue sometida, la menor sufrió graves daños físicos y aún en la actualidad tiene sintomatología característica de un cuadro de trastorno ansioso-depresivo, con aislamiento social, alto desajuste emocional, sentimientos de desconfianza, ansiedad, desamparo y miedo hacia el agresor, secuelas psicológicas por las que ha de recibir tratamiento.

El acusado ha sido declarado culpable de sendos delitos de violación, corrupción de menores, abuso sexual y exhibicionismo y provocación sexual. Por la violación de su sobrina deberá cumplir una pena 13 años y seis meses de prisión, por los abusos a la amiga de la sobrina cumplirá un año de cárcel, al tiempo que por el exhibicionismo y la provocación y por la corrupción de menores ha sido condenado a penas de seis y tres meses de prisión, respectivamente.

El procesado no podrá acercarse a menos de 500 metros de la principal denunciante --la sobrina de su pareja-- durante 16 años, y deberá permanecer alejado de la otra niña durante un lustro.

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