Ocho meses de cárcel para tres exjefes de Inalsa por el accidente de un operario
El Juzgado de lo Penal número uno de Arrecife ha condenado a tres exjefes de la empresa pública Insular de Aguas de Lanzarote (Inalsa) a ocho meses de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores al considerarles responsables del accidente de un operario de la compañía que sufrió graves quemaduras.
La sentencia condena a los tres jefes acusados como autores penalmente responsables de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones por imprudencia e impone a cada uno de ellos una pena de ocho meses de prisión, junto con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y seis meses de inhabilitación especial para el ejercicio de la condición de jefe o encargado de personal.
Los hechos ahora juzgados ocurrieron en las instalaciones de la planta desaladora Lanzarote IV, en las proximidades del puerto de Los Mármoles, donde se produjo una fuerte explosión.
Según la sentencia, la víctima, que trabajaba como montador electricista, había sido designado para acompañar a operarios de otra empresa que habían acudido a la planta para el “mantenimiento y reparación de un arrancador de bomba”.
El fallo judicial añade que en el habitáculo donde se había producido la avería, el operario de Inalsa realizó la tarea “consistente en desconectar un disyuntor en un cuadro eléctrico” y, al accionar el mecanismo“, se desató la explosión que le ha dejado importantes secuelas.
El electricista realizó ese encargo “desprovisto de cualquier equipo de protección individual que garantizara su integridad física, tales como ropa ignífuga, guantes, careta protectora y botas específicas”, agrega.
La sentencia, que ya ha sido notificada a las partes y sobre la que cabe recurso de apelación, considera probado que los tres jefes de Inalsa ahora condenados no se habían “preocupado” de que el trabajador “se proveyera de los equipos de trabajo” necesarios, “que tampoco se hallaban a su disposición en la zona de trabajo en la que se disponía a intervenir”.
La explosión causó al operario quemaduras de segundo y tercer grado en el 60% de su cuerpo, con pérdida de grandes extensiones cutáneas y masas musculares, lo que le obligó a estar 75 días ingresado y someterse a cinco operaciones, entre otros daños.
El fallo expone que el perjudicado tiene, a día de hoy, importantes secuelas, como una reducción de la movilidad de entre el 30 y el 40% de casi la totalidad de los dedos de ambas manos.
Tanto la Fiscalía como el abogado del trabajador, Francisco Torres Stinga, pedían para cada uno de los acusados la pena de dos años de prisión y la inhabilitación para ejercer como jefes.
Esas peticiones, sin embargo, se han visto finalmente reducidas porque el fallo aplica la atenuante de “dilaciones indebidas”, que califica además de “muy cualificada”, al haber pasado más de una década desde que sucedieron los hechos.