Condena a Intersindical Canaria por vulnerar el derecho a la libertad sindical

Banderas de Intersindical Canaria.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

El Juzgado de lo Social número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a Intersindical Canaria (IC) a restituir en todos sus cargos a un afiliado al que expulsó por haber sido uno de los firmantes de la convocatoria de un congreso extraordinario tras denunciar, junto a otros compañeros. un presunto desfalco en las cuentas de  la Federación de Salud de la central en Gran Canaria. La magistrada Yolanda Álvarez del Vayo considera probado que IC vulneró el derecho a la libertad sindical del demandante en el procedimiento sancionador abierto en 2014.

Miguel Ángel Morales volverá, por lo tanto, a ser miembro del Secretariado Federal Insular, secretario de Acción Sindical de la Federación Insular de Salud y delegado de la seción sindical de Atención Primaria.  Además de la militancia recuperará la condición de liberado sindical que ostentaba desde el 1 de enero de 2014 y que perdió en mayo de ese mismo año, cuando le obligaron a incorporarse a su puesto de celador en el centro de salud de San José tras la incoación del expediente sancionador.  

La decisión de la juez deberá ser comunicada al Servicio Canario de Salud (SCS) para que “se le reponga en sus anteriores condiciones de dispensa del trabajo”.

Morales es uno de los denunciantes de las presuntas irregularidades económicas en la tesorería de la sectorial de Salud  relacionadas con una supuesta apropiación indebida de los fondos del sindicato y su desvío a cuentas particulares. Este caso se mantiene abierto en la vía penal después de cerrarse en la civil tras la asunción de responsabilidades por parte del extesorero, Juan Jesús Galván, que se comprometió a devolver a plazos los 26.000 euros que, según una auditoría encargada por la propia central,  fueron detraídos de manera irregular de las arcas de la Federación de Salud en el año 2012.

Tras denunciar estos hechos, el demandante convocó, junto a otros siete afiliados, un congreso extraordinario para el 16 de mayo de 2014. Un día antes de la fecha fijada para el mismo, IC le abrió un expediente disciplinario y le comunicó la suspensión cautelar por una falta muy grave. Alegó entonces que tomaba esa decisión para evitar causar “males mayores” a la organización. La central le remitió un burofax a su centro de trabajo cinco días después. En esas mismas fechas, la representante legal de la Confederación de IC notificó al SCS la suspensión cautelar de militancia, lo que dio pie a la reincoporación a su puesto en el centro de salud.

La expulsión definitiva llegaría el 22 de enero de 2015, después de que el afectado recurriera a la Comisión de Garantías y de que IC le imputara más cargos.

La juez considera que el procedimiento estuvo viciado desde el inicio, puesto que el intento de notificación por burofax en su centro de trabajo “no permite tener por cumplido el requisito de que el expedientado tenga constancia de la resolución de incoación del expediente”. En la sentencia sostiene que no ha sido probado que el aviso por correo fuera entregado al afiliado ni que el sindicato intentara notificárselo  en su domicilio.

Las irregularidades se sucedieron durante todo el proceso, según Álvarez del Vayo. “No consta que los números de teléfono sean de titularidad del actor, ni que se hayan enviado correos electrónicos con las resoluciones, ni mucho menos pruebas de su recogida”, expone la resolución judicial, que agrega además que IC impidió al demandante formular alegaciones y que fue incorrecta la tramitación del expediente por la vía de urgencia.

Por todo ello, concluye que los hechos concretos que el sindicato imputaba a Morales no han sido acreditados y da la razón al afiliado expulsado. Desestima, no obstante, una de sus pretensiones: una indemnización de 600 euros por daños y perjuicios.

Contra la sentencia cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

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