El Ayuntamiento de València rechaza suspender la demolición de Mestalla y protegerlo a semanas de su venta

El Ayuntamiento de València ha rechazado paralizar cautelarmente los trámites urbanísticos que derivarán en la demolición del centenario Mestalla, además de su inclusión en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, como Bien de Relevancia Local (BRL) en un momento en el que el Valencia CF ultima la venta de la parcela por unos 150 millones de euros en una subasta en la que Pryconsa-Atitlan y Acciona han resultado finalistas.

Así lo recoge una resolución firmada este mismo jueves por la secretaria titular de la junta de Gobierno local, la también concejala María José Ferrer San Segundo, a la que ha tenido acceso elDiario.es. El documento viene como respuesta a una solicitud de la formación política Decidix en febrero de 2025 y a otra del presidente de la asociación Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, César Guardeño, del pasado mes de marzo.

El Ayuntamiento justifica su negativa en un primer informe emitido por la Oficina Técnica de Ordenación Urbanística y en otro posterior del Jefe del Servicio de Planeamiento, firmado este último el pasado 10 de junio. El documento concluyó que, durante la tramitación de los diferentes instrumentos urbanísticos, “no se planteó la catalogación del Estadio de Mestalla; que el catálogo protegió otros elementos del entorno sin incluir el estadio; que los documentos fueron tramitados con intervención de los servicios municipales y de la administración autonómica competente en materia de cultura; y que la nueva propuesta de catalogación sería contraria a la ordenación urbanística recientemente aprobada y podría afectar a la seguridad jurídica de actos administrativos firmes”.

Guardeño fue más allá y además pidió “la suspensión cautelar inmediata de los efectos del informe y, por extensión, de cualquier trámite derivado de la ATE que pueda afectar a la integridad física o jurídica del Estadio de Mestalla”, una pretensión que el Ayuntamiento rechaza, entre otros motivos, porque el informe de 10 de junio de 2026 “no constituye una resolución ejecutiva de demolición, licencia, autorización material de intervención ni acto administrativo con efectos ejecutivos autónomos sobre el inmueble”.

Además, la resolución municipal considera que “la suspensión interesada excede del objeto del recurso, pues pretende paralizar de forma general efectos propios de instrumentos de planeamiento firmes y de actuaciones no identificadas individualmente en el expediente” y que “la protección cautelar prevista en el régimen patrimonial valenciano se vincula a los supuestos legalmente previstos de inclusión, tramitación o iniciación procedimental con efectos protectores, no a la mera presentación de una solicitud que no ha dado lugar a acuerdo de incoación ni a modificación del catálogo”.

Por lo expuesto “no se aprecian circunstancias urbanísticas que motiven o justifiquen el interés general de esta petición de inclusión como Bien de Relevancia Local en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos el Estadio de Fútbol del Mestalla”, concluye la resolución.