El Gobierno vasco exime a Erandio de evaluar la posible contaminación del suelo de un parking en antiguos terrenos industriales
El departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad del Gobierno vasco ha concedido al Ayuntamiento de Erandio la habilitación de un solar para uso como parking en terrenos antiguamente industriales sin contar con un informe que garantice que no hay contaminación del suelo. El consistorio había solicitado la exención de contar con la declaración ambiental pertinente de forma previa al uso de las instalaciones y el Ejecutivo se la ha concedido, por considerar que cumple las condiciones para ello, según señala en una respuesta parlamentaria a una solicitud de información de EH Bildu.
Precisamente fue EH Bildu en el Ayuntamiento de Erandio el que denunció que el consistorio carecía de la autorización ambiental del departamento de Industria para habilitar un terreno que podría estar potencialmente contaminado, ya que forma parte del solar que hace años ocupaba la empresa Cables y Alarmes (CAESA), que se derribó tras un proceso concursal, y que ahora es propiedad de Viuda de Sanz, que cedió al Ayuntamiento esta parte del terreno para hacer el aparcamiento. El parking lleva operativo desde el mes de mayo sin la citada autorización.
El equipo de Gobierno de Erandio, de PNV en coalición con PSE-EE, tras recibir un requerimiento de la Autoridad Medioambiental para que realizara los trámites precisos para contar con la declaración, solicitó un informe a una empresa para argumentar ante el organismo ambiental que la actividad que se realiza en este solar está exenta de pedir de la autorización. Según ha detallado el departamento en la información remitida al Parlamento Vasco, tras recibir dicha solicitud, con fecha 16 de febrero de 2026 “se ha emitido Resolución del director de patrimonio natural y adaptación al cambio climático, por la que se declara la aplicabilidad de la exención”, y por tanto el aparcamiento puede seguir operativo sin el informe medioambiental. Estas exenciones están reguladas por el artículo 25.2 de la ley 4/2015, de 25 de junio para la prevención y corrección de la contaminación del suelo que fija una serie de condiciones que considera que se cumplen en el caso del aparcamiento de Erandio.
En este caso se cumple, por un lado, según Industria, que el aparcamiento será una “instalación provisional”, que tendrá una “actividad inferior a dos años”. Por otro, la actividad que se pretende implantar “es de tipo industrial, no compatible con uso de vivienda” y “se llevará a cabo sobre zonas totalmente cubiertas y pavimentadas, sin posibilidad de contacto directo con el suelo”. Además, señala que la actividad históricamente llevada a cabo en la parcela “ha sido de potencial contaminante alto. Sin embargo, la parcela dispone de información relativa a la calidad del suelo, incluido el ACR -análisis cuantitativo de riesgos- que se incluye en el presente documento, por lo que la condición se cumple plenamente”, señala.
Por todo ello, “a la vista de los resultados obtenidos, se puede concluir que se cumplen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ley 4/2015 por lo que se solicita la exención del procedimiento de declaración de calidad del suelo previsto en el artículo 25 de dicha Ley para la zona cedida al Ayuntamiento de Erandio de la parcela históricamente ocupada CAESA, en la que se prevé la implantación de un aparcamiento con carácter provisional”.
La zona en la que se encuentra el aparcamiento provisional es una pequeña parte de los antiguos terrenos que ocupaba la empresa CAESA, ahora propiedad de Viuda de Sanz, que experimentará una regeneración urbanística total, ya que está prevista la construcción de más de 350 viviendas, plazas, aparcamientos y zonas habilitadas para el desarrollo de actividades económicas. De momento se han iniciado los trámites para declarar la calidad del suelo y actuar en las zonas que sean necesarias.