Denuncian el “absurdo regulatorio” de vetar el Playa Bus a San Sebastián por la denuncia de una concesión “caducada en 2014”

Europa Press

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La Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (ANETRA) denuncia el “absurdo regulatorio” que ha llevado a impedir los viajes del Playa Bus entre Logroño y San Sebastián después de la denuncia presentada por Autobuses Jiménes, la empresa operadora del servicio regular entre ambas ciudades, al considerar que estos desplazamientos podían entrar en competencia con los tráficos protegidos por su concesión.

Según ha explicado en un comunicado, la intervención administrativa derivada de esa denuncia provocó inicialmente la suspensión de diferentes servicios de Playa Bus organizados desde La Rioja. Parte de ellos han podido ya recuperarse y vuelven a comercializarse viajes desde Logroño a destinos como Lekeitio, San Juan de Luz, Zarautz, Hendaya, Hondarribia, Capbreton o Laredo. Pero San Sebastián, el destino objeto de la denuncia de la empresa que opera la línea regular, continúa excluido de la programación.

Para ANETRA, el episodio pone de manifiesto “hasta qué punto la actual regulación del transporte de viajeros por carretera puede estar frenando nuevas soluciones de movilidad demandadas por los ciudadanos”. La asociación considera “particularmente difícil de justificar” que la protección de los derechos de exclusividad de una concesión “pueda utilizarse para impedir en 2026 una iniciativa de estas características”.

Según los datos concesionales manejados por la entidad, esa concesión tiene su origen en 1987 y su plazo contractual figura oficialmente finalizado desde el 27 de julio de 2014. “Resulta muy difícil explicar que una empresa pueda denunciar una nueva solución de movilidad apelando a la exclusividad de una concesión nacida hace casi cuarenta años y cuyo plazo contractual terminó hace doce”, ha señalado Carmen González, directora de ANETRA.

La asociación subraya que no cuestiona la necesidad de “garantizar adecuadamente los servicios públicos regulares de viajeros”, pero ve necesario revisar “una interpretación de esa protección que pueda terminar convirtiendo cualquier coincidencia parcial de tráficos en una barrera prácticamente automática frente a nuevas iniciativas empresariales”.

CAMBIO EN LA MOVILIDAD

“Desde 1987 han cambiado profundamente los hábitos de movilidad, el turismo, la tecnología, los canales de comercialización y la forma en la que los ciudadanos organizan y contratan sus desplazamientos. Ha cambiado la sociedad y ha cambiado la movilidad. La regulación también tiene que ser capaz de evolucionar”, ha subrayado.

En esa línea, ha defendido que existe “una demanda concreta de ciudadanos que desean desplazarse colectivamente a determinados destinos durante los meses de verano”, empresas de transporte capacitadas para prestar el servicio y “una alternativa que permite realizar esos viajes en autocar en lugar de mediante decenas de vehículos particulares”.

Para ANETRA, proteger un servicio regular “no debería significar blindar de manera indefinida el mercado frente a cualquier producto nuevo de movilidad, especialmente cuando se trata de servicios estacionales, ocasionales o vinculados a demandas muy concretas que no pretenden sustituir estructuralmente a una línea regular”.

La asociación ha advertido de que “quienes terminan sufriendo las consecuencias de estas restricciones son los usuarios” y ha insistido en cuestionar “qué interés general se protege cuando se impide un servicio colectivo solicitado por los ciudadanos para preservar los derechos de exclusividad asociados a una concesión cuyo plazo contractual finalizó en 2014”.

Además, ANETRA considera “incoherente” promover desde las políticas públicas la movilidad colectiva y compartida y, al mismo tiempo, “mantener un marco regulatorio que dificulta que las empresas puedan ofrecer nuevas soluciones colectivas cuando aparece una demanda real”. “Un autocar lleno de viajeros que sustituye potencialmente a decenas de coches debería entenderse como una oportunidad desde el punto de vista de la movilidad sostenible, no como un problema regulatorio”, ha resaltado.

Finalmente, ha insistido en que “proteger el transporte regular y favorecer la innovación del transporte discrecional no son objetivos incompatibles” y la regulación “debe ser capaz de garantizar ambos”. Así, ha reclamado una modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y de su Reglamento (ROTT) que permita, “con las garantías necesarias”, la venta plaza a plaza en determinados servicios discrecionales relacionados con actividades turísticas y de ocio, acontecimientos culturales y deportivos y otras necesidades específicas o puntuales de movilidad.