El sorteo de las mesas electorales de Logroño será el 2 de noviembre
El Ayuntamiento de LogronÌo acogeraÌ el proÌximo lunes, 2 de noviembre, a las 9:00 horas, un Pleno extraordinario con motivo del sorteo puÌblico para la formacioÌn de las 194 mesas electorales que se constituiraÌn para las Elecciones a Cortes Generales del 29 de noviembre.
El BoletiÌn Oficial de La Rioja (BOR) publicoÌ el pasado 12 de octubre la relacioÌn de secciones, mesas y locales electorales para las elecciones generales que tendraÌn lugar el 29 de noviembre, de conformidad con lo establecido en la Ley OrgaÌnica 5/1985 del ReÌgimen Electoral General (LOREG).
Mediante este sorteo se llevaraÌ a cabo la seleccioÌn de un presidente y dos vocales para cada mesa, que seraÌn los titulares. TambieÌn se seleccionaraÌ a otras dos personas suplentes para cada uno de estos puestos, por lo que en total seraÌn nueve personas designadas por cada una de las mesas electorales.
A cada mesa electoral le corresponde presidir el acto de la votacioÌn, controlar el desarrollo de la votacioÌn y realizar el recuento y el escrutinio. Las designaciones comenzaraÌn a notificarse inmediatamente despueÌs del sorteo por el personal acreditado del Ayuntamiento.
La condicioÌn de miembro de la mesa electoral tiene caraÌcter obligatorio, pero existen diversos impedimentos y excusas que se pueden justificar ante la Junta Electoral de Zona de LogronÌo por parte de las personas designadas referentes a su situacioÌn personal, responsabilidades familiares o profesionales, en un plazo de 7 diÌas naturales, conforme a la InstruccioÌn 2/2025, de 30 de enero, de la Junta Electoral Central, sobre interpretacioÌn del artiÌculo 27.3 de la Ley OrgaÌnica del ReÌgimen Electoral General (BOE de 5 de febrero de 2025).
No obstante, si posteriormente cualquiera de las personas designadas estuviera en imposibilidad de acudir al desempenÌo de su cargo, deberaÌ comunicarlo a la Junta Electoral de Zona, al menos tres diÌas antes del acto al que debiera concurrir, aportando las justificaciones pertinentes.
Y si el impedimento sobreviene despueÌs de este plazo, el aviso a la Junta deberaÌ hacerse de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitucioÌn de la mesa. En estos casos, la Junta comunica la sustitucioÌn al correspondiente suplente, si hay tiempo para hacerlo, y si fuera preciso procede a nombrar a otro.