Los inquilinos expulsados por una fundación benéfica van al Constitucional y cargan contra el Arzobispado de Madrid

Lourdes Barragán

Madrid —
1 de junio de 2026 16:12 h

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En pleno ajetreo por la visita del Papa, otro frente inesperado se abre ante el Arzobispado de Madrid. Los inquilinos de Fusara, una fundación ligada a la Iglesia que vendió edificios residenciales y dejó a unas 200 familias a merced del nuevo comprador, vuelven a dar pasos que salpican a la Diócesis. Su abogada acaba de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, el máximo garante de la Carta Magna. En él cuestiona la legitimidad del Patronato de la fundación para retirarse como acusación particular de la causa, algo que finalmente ocurrió en septiembre, y acusa a estos “sujetos procesales” de haberse alineado con los beneficiarios del acuerdo, miembros de la antigua cúpula de Fusara: “Sin Acusación Popular no hay acusación [...], y sin acusación no hay enjuiciamiento”.

En el escrito, registrado el miércoles pasado y firmado por hasta 15 recurrentes –todos inquilinos salvo una sociedad mercantil, Carandela S.L.–, los denunciantes señalan directamente a la Archidiócesis de Madrid: consideran que la imputación de miembros de la antigua cúpula de Fusara y parte del núcleo de confianza del entonces arzobispo, Carlos Osoro, “acredita objetivamente la existencia de un conflicto de interés estructural” entre la circunscripción católica y la resolución de esta causa.

La demanda recuerda que, entre los acusados que llegarán a juicio, figuran el exdelegado episcopal de fundaciones del Arzobispado, David López Royo, y también el interventor general de la Archidiócesis en el momento de la venta, Julio Lage, muy cercano a Osoro.

Ambos responsables fueron acusados de posibles delitos de administración desleal agravada y corrupción entre particulares, y es sobre esta base donde se asienta el último recurso de los inquilinos: estos creen que una futura condena en su contra “podría comprometer la responsabilidad civil subsidiaria” de Fusara y explicar, así su retirada como acusación particular del caso. Es más, los denunciante opinan que una entidad como esta no siempre ha de considerarse “correctamente representada” por su Patronato, sobre todo si se adoptan decisiones “perjudiciales” para su razón de ser.

“Los beneficiarios reales de la fundación son, pues, los pobres de Madrid, no la persona jurídica fundacional”, reza el escrito, al que ha tenido acceso Somos Madrid. Una tesis que de momento exponen solo los afectados, y aún no ha sido asumida por los tribunales. Sin embargo, fue precisamente una denuncia vecinal la que abrió en 2019 una primera investigación del caso. La Fundación de Santamarca y de San Ramón y San Antonio (Fusara) no se personó hasta más de un año después, cuando la venta de los edificios ya había sido paralizada con unas medidas cautelares.

Un acuerdo extrajudicial que cambió el rumbo de la causa

El origen de este caso fue la venta de 14 edificios residenciales que pertenecían a Fusara. La operación inicial se cerró por 74 millones de euros en 2019 y afectó a cerca de 200 familias inquilinas, que pasaron a depender del nuevo propietario, un grupo inversor inmobiliario. La fundación defendió entonces que esta venta permitía obtener recursos para cumplir mejor sus fines asistenciales; en cambio, los arrendatarios insistieron en que el patrimonio fue transmitido por debajo de su valor real y en contra de la voluntad fundacional que dio origen a la entidad. El verano pasado, Fusara alcanzó un acuerdo extrajudicial cos los investigados y renunció a determinadas acciones penales y civiles, solicitando su expulsión como acusación popular.

A cambio, sus beneficios por la venta pasaron de 74 a casi 100 millones de euros después de un acuerdo con el comprador, la empresa Tapiamar. “Ya han empezado a enviarnos cartas de no renovación”, destaca Jesús, uno de los inquilinos sacudidos por la operación. Sobre el recurso de amparo, detalla que el Tribunal Constitucional les ha instado a reducir el texto de acusación en un plazo de 15 días.

Después de eso, aún tendrán que esperar para saber si su demanda ha sido finalmente admitida a trámite. Más allá del caso concreto, la abogada intenta convencer al Constitucional de que existe una cuestión inédita de relevancia general: si la acción popular puede seguir actuando cuando considera que el Patronato de una fundación está defendiendo una posición contraria a los intereses colectivos para los que esa entidad fue creada.

La demanda insiste en que Fusara nació del legado de unas donantes, que cedieron sus propiedades a la fundación para sostener un orfanato con menores vulnerables. Con ese argumento, los recurrentes piden al Constitucional que delimite hasta dónde puede llegar la acción popular cuando aprecia una divergencia entre la voluntad del Patronato y el interés de los beneficiarios de una fundación. La admisión a trámite del recurso no supone un respaldo a ninguno de estos planteamientos: el primer paso será que el Tribunal Constitucional decida si aprecia la “especial trascendencia constitucional” que alegan los recurrentes, y acepte estudiar a fondo la causa.