Ábalos y Koldo fían su libertad al Constitucional ante una sentencia que ven “política” y carente de motivación
Ni en el peor de los escenarios posibles. Las defensas del exministro José Luis Ábalos y de su asistente Koldo García no imaginaban una sentencia tan contundente como la que ha dictado la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo contra sus clientes. Los magistrados dan por probado que hubo ilegalidades en la adjudicación de hasta 13 millones de euros en contratos de suministros de mascarillas y cree que Ábalos y Koldo, junto a Aldama, formaban una “organización criminal” con “vocación de permanencia”. Tras una lectura acelerada del texto, de más de 220 páginas, una primera reflexión les lleva a hablar de una resolución “política” que adolece de falta de motivación. Y tienen intención de recurrir. ¿Pero dónde?
Ábalos se aferró a su acta de diputado hasta el tiempo de descuento —poco antes de la celebración del juicio oral— y eso arrastró a su 'escudero' a sentarse en un banquillo que es, por así decirlo, finalista. No hay capacidad de recurrir ante una instancia judicial superior. En un universo paralelo, el exministro habría escuchado al primero de sus abogados, José Aníbal Álvarez, y el asunto habría caído en manos de la Audiencia Nacional, lo que con toda seguridad habría dilatado la instrucción por años y él gozaría de una libertad provisional aderezada con firmas quincenales en los juzgados y retirada del pasaporte.
Además, habría podido recurrir una eventual sentencia condenatoria en la Audiencia Nacional ante la Sala de Apelación del propio tribunal especial y, con posterioridad, ante el Supremo. Pero, ahora, se enfrentan a un horizonte que, cuando menos, les obligará a cumplir condenas que se acerquen a esa regla no escrita de llegar hasta el triple de la pena más grave. Como les ha caído cinco años a cada uno por organización criminal (a Ábalos 5 años y seis meses), lo esperable es que como máximo cumplan en torno a tres lustros entre rejas. En el escenario más favorable, podrían ser 13 años y cuatro meses en el caso del exministro.
Y ante esa situación, según ha podido conocer elDiario.es, las defensas ya trabajan en armar una estrategia legal que permita una revisión de la resolución que fue adoptada por unanimidad por hasta siete magistrados del Alto Tribunal. El primer paso que deben dar es presentar un incidente de nulidad ante el propio tribunal que les ha condenado. Para esto tienen 20 días desde que se les comunicó la sentencia y en ese incidente deben plasmar cualquier vulneración de derechos fundamentales. Este hito procesal, en general, no sirve para nada, pero cierra por completo la vía de la jurisdicción ordinaria y, por tanto, abre la puerta a poder acudir en amparo ante el Tribunal Constitucional (TC).
Según las fuentes jurídicas consultadas, será ante ese tribunal presidido por el magistrado Cándido Conde-Pumpido donde Ábalos y Koldo García se jugarán su futuro. Y eso a pesar de que en declaraciones a TVE el hijo del exministro, Víctor Ábalos —que hace las veces de portavoz de su padre—, indicó este lunes que para él la baza es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Con todo, el incidente de nulidad será un 'sparring' óptimo para desengrasar los argumentos que ambas defensas han ido utilizando para pedir nulidades a lo largo de la instrucción: imposibilidad de acceso a los dispositivos incautados, vulneración del derecho a ser juzgado por el juez predeterminado por la ley —entienden que el asunto debió ser ventilado en la Audiencia Nacional— o la incontinencia de la causa —porque sostienen que se juzgan los mismos hechos en dos juzgados distintos—, entre otros motivos. Se hará hincapié, además, en que varios testigos clave decidieron no declarar porque podía afectarles en la causa de la Audiencia Nacional, en la que sí están imputados.
Con ese mismo 'menú', irremediablemente, las defensas acudirán al tribunal de garantías constitucionales. Y asomarán de nuevo otro detalle: entienden que el Supremo debió elevar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que se aclarara qué juzgado concreto era el que debía haber abierto juicio oral contra ambos y contra el comisionista Víctor de Aldama.
En general, señalan que las vulneraciones de derechos fundamentales son “muy claras” y las harán valer ante los magistrados del Constitucional. Consideran que la sentencia, ponencia del magistrado Andrés Martínez Arrieta, ha sido redactada “con pluma muy rápida” y de forma “muy poco meditada”, algo que entienden que no es propio de este alto tribunal.
“Excesivamente dura”
Las fuentes consultadas opinan que se está ante una sentencia que califican de “excesivamente dura”, de “absolutamente política” y de una “mala calidad técnica increíble”. Ponen como ejemplo que la resolución —dicen— no entra a valorar la prueba de descargo planteada por las defensas en asuntos como el del chalé de La Alcaidesa (Cádiz). Sostienen que el exministro realizó pagos por el alquiler del chalé pero, sin embargo, no fueron tenidos en cuenta y se mantuvo la tesis de que fue una dádiva por empujar a favor de que una empresa denominada Villafuel consiguiera una licencia de hidrocarburos.
Indican que, sorpresivamente, el tribunal introduce “nueva doctrina” en el caso del tráfico de influencias porque da por probado el delito cuando no existe, a su juicio, una constatación de presión directa, tal y como requiere el tipo penal. Y lamentan que tampoco se han tenido en cuenta testimonios relacionados con Ineco y Tragsatec que sostenían que Jésica Rodríguez sí cumplió con su trabajo en esas empresas públicas donde fue 'enchufada' y para las que, según ella misma, nunca llegó a trabajar de forma efectiva a pesar de cobrar un salario mensual.
Con estos argumentos llegarán ante el Constitucional, donde esperan lograr el amparo porque, en general, desconfían de la vía posterior, que es la del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. “Sólo se acepta un asunto de cada 100.000”, lamentan, para apostillar que, en cambio, y a pesar de que las admisiones en el Constitucional también se venden caras, hay más probabilidades de que prospere el recurso y sea estudiado.
Más allá del recorrido que le quede a la condena impuesta por el Supremo, tanto Ábalos como Koldo García deben pasar aún por otros procedimientos abiertos que permanecen latentes en la Audiencia Nacional: el asunto de las mascarillas pero enfocado en otros contratos y en otros protagonistas como la expresidenta de Adif Isabel Pardo de Vera; y el caso de los amaños de obra pública, en el que consta como investigado también otro ex secretario de Organización socialista, Santos Cerdán.