El Supremo condena a Ábalos a 24 años de cárcel y libra a Aldama de entrar en prisión

El Tribunal Supremo ha decidido por unanimidad condenar a 24 años y tres meses de cárcel al exministro de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, por el conocido como 'caso Mascarillas' de corrupción. El tribunal también impone 19 años y 8 meses de prisión a su antiguo asesor, Koldo García, y cuatro años y medio a Víctor de Aldama. El empresario, que según el Ministerio Público obtuvo un beneficio con la venta de mascarillas de 3,7 millones de euros, no tendrá que entrar en la cárcel después de que los jueces, teniendo en cuenta su confesión, hayan suspendido la ejecución de su condena a cambio de no volver a delinquir y hacer trabajos para la comunidad.

La sentencia del Tribunal Supremo considera probados casi todos los aspectos de la acusación que ejerció la Fiscalía Anticorrupción sobre esta trama corrupta que anidó en el Ministerio de Transportes, sobre todo durante la pandemia. Los tres, dice el Supremo, vieron una “oportunidad” en que Ábalos fuera ministro y constituyeron una “organización” para “obtener un común beneficio económico”.

Hubo ilegalidades en la adjudicación de hasta 13 millones de euros en contratos de suministros de mascarillas salidos de Puertos del Estado y ADIF a una empresa vinculada a Aldama. También considera probado que Ábalos recibió diversas dádivas a cambio: 10.000 euros al mes por gastos además de la contratación de dos mujeres de su entorno en empresas públicas y el pago de un piso a una de ellas. Finalmente consideran delictivo el alquiler de un piso a cambio de “gestiones relacionadas” con la emisión de una nota de prensa sobre el rescate de Air Europa y la concesión de una licencia de hidrocarburos.

Al empresario Víctor de Aldama los siete magistrados de la Sala de lo Penal le imponen cuatro años y medio, por lo que reducen la petición que solicitaba la Fiscalía en su escrito de acusación siguiendo así el camino que les marcó tanto el PP como el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, que consideraban que, dada su colaboración con el esclarecimiento de los hechos, era merecedor de ampliar la reducción de la pena.

Los jueces de la Sala de lo Penal atribuyen delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación al exministro de Transportes. En su caso la condena supera los 24 años de cárcel pero el cumplimiento efectivo entre rejas, explica el Tribunal Supremo en su resolución, no podrá pasar de los 15 años y 8 meses. Koldo García, de la misma manera, pasará un máximo de 15 años en la cárcel aunque su condena sea de casi dos décadas.

Jessica Rodríguez, “un plan de actuación” de Ábalos

Sobre la contratación de Jessica Rodríguez, la sentencia da por probado que Ábalos, “aprovechándose de la privilegiada situación por su condición de ministro concibió y desarrolló un plan de actuación, consistente en desplegar toda su influencia para que ella fuera contratada por alguna empresa pública integrada en la estructura del Ministerio o que prestara sus servicios a alguna de estas con la finalidad de que percibiera un sueldo sin que tuviera que desempeñar, como contraprestación, ninguna actividad laboral”. 

En esta ocasión, Ábalos se ayudó de Koldo García “como solía”, según recoge el fallo. En primer lugar, García le habría encontrado el trabajo y después se habría encargado de “eludiera o sorteara” los controles y no tuviera que acudir a su puesto. 

La sentencia deja claro que Koldo García implicó en los hechos a Isabel Pardo de Vera, presidenta de Adif entonces, pero que ella es “no juzgada en esta causa”. “Se decidió que la empresa contratante sería la sociedad estatal de Ingeniería y Consultoría (INECO)”, dependiente de Adif. Cuando acabó el contrato con Ineco, Koldo García volvió a recurrir a Pardo de Vera para que fuera contratada en otra empresa pública, Tragsa. 

Hay otra persona que participó en la corruptela y que no es juzgada en el Supremo, según se encarga de señalar el tribunal. En este caso se refiere a Joseba García, hermano de Koldo, al el grupo utilizó para que Jessica Rodríguez pudiera decir que trabajaba directamente a las órdenes de este en Ineco.

Jessica Rodríguez recibió 34.450 euros brutos como salario y ADIF nunca mostró “reserva alguna o se mostrará disconformidad con relación al desarrollo del contrato”. A los tres días de acabar el contrato con Ineco, Jessica Rodríguez fue contratada en Tragsa. Para ello, Pardo de Vera dio instrucciones a otro cargo del Ministerio, Ignacio Zaldívar de la Rica, que tampoco fue juzgado en el Supremo. 

Cuando los responsables de Tragsa pidieron explicaciones por la falta de asistencia al trabajo de Jessica Rodríguez fue el ministro en persona quien indicó a Pardo de Vera que su amiga no fuera molestada, como así ocurrió, según relata el fallo. De Tragsa, Rodríguez cobró 9.500,4 euros netos. 

La sentencia se detiene en explicar que el Ministerio de Transportes hizo pública una nota de prensa para “tranquilizar” a los acreedores de Air Europa en plena pandemia y que eso ocurrió por las gestiones de Víctor de Aldama, que cobraba más de 12.000 euros al mes de la compañía. La nota se redactó e hizo pública “con la colaboración de Koldo García y el conocimiento y asentimiento de José Luis Ábalos”.

Ábalos disfrutó nueve días de un chalet en Marbella con su familia “en pago a las gestiones realizadas en relacion con el rescate de Air Europa”, añade el fallo.

El chalet de La Alcaidesa, cohecho pero no tráfico de influencias

La sentencia absuelve a los acusados del delito de tráfico de influencias por las gestiones realizadas para que Villafuel, una empresa de Claudio Rivas, obtuviera una licencia de hidrocarburos. En el trámite habrían participado Carmen Pano –quien asegura que llevó dinero en efectivo a Ferraz– y su hija Leonor, antigua novia de Aldama, así como el empresario juzgado.

El Supremo se refiere aquí al tráfico de influencias, en una jurisprudencia de máxima actualidad por casos como el de José Luis Rodríguez Zapatero. Explica que no trataron de influir a los funcionarios que debían conceder la licencia porque Koldo García consiguió una reunión en Industria y el trámite debía hacerse ante Energía. 

Sin embargo, los jueces consideran acreditado que Ábalos disfrutó durante nueve meses del chalet en La Línea de la Concepción como pago a sus gestiones para que Villafuel obtuviera la licencia y, en consecuencia, es condenado por cohecho activo. 

Todo comenzó cuando parecía que se iba a conceder la licencia pero al fracasar, Rivas cortó la luz y el agua del chalet. Ábalos ordenó que le robaran el suministro a los vecinos para asegurar el agua y la luz hasta que se repusiera. José Luis Aldama, que estaba en el centro de la gestión con Ábalos, es condenado por cohecho activo. 

El origen de la trama, según la sentencia

La sentencia del Tribunal Supremo hace una breve introducción de la trayectoria de los acusados. De Koldo García dice que llegó a conductor de Ábalos porque así se lo recomendó el entonces secretario de Política Territorial del PSOE, el navarro Santos Cerdán. “Más allá de un vínculo puramente profesional, Koldo García ofrecería también a José Luis Ábalos un compromiso militante y una plena disponibilidad a sus necesidades como nuevo secretario de Organización del partido”, cuenta el fallo. 

El Supremo no llega tan lejos como el primer instructor del caso Cerdán, Leopoldo Puente, que instauró la tesis de que la decisión de colocar a Koldo García al lado de Ábalos fue un plan reconstituido por Santos Cerdán para articular la trama de corrupción, pero avisa que existe una “organizción criminal” en la que participan terceros que no han sido juzgados en el Supremo.

Enseguida se fraguó una relación de confianza entre Koldo García y Ábalos y este le nombró uno de los cinco asesores de confianza que podía contratar y además le situó en el consejo rector de Puertos delEstado y después en el de Renfe. “Convertido más en asistente que en asesor, desempeñó para José Luis Ábalos un buen número de tareas de muy diversa índole, tanto profesionales como personales”, recogen el fallo. 

“Fue la mano derecha de José Luis Ábalos durante su mandato al frente del ministerio, hasta el punto de que, tanto en el propio MITMA como en el seno de otras administraciones públicas se sobreentendía que Koldo Garcia era el fiel transmisor de sus decisiones. También, Koldo García manejó las distintas fuentes de dinero en efectivo de José Luis Ábalos que, en ocasiones, se confundían con las propias”, añade el fallo. 

El fallo dice que tras los dos viajes a México en los que participó Aldama dentro de la delegación española encabezada por el ministro de Transportes, “pronto vieron los acusados la oportunidad de obtener un común beneficio económico”. 

“Con tal ánimo de enriquecimiento –prosigue–, los tres convinieron que, aprovechando el cargo que ostentaba José Luis Ábalos en el Gobierno de España, y también en el Partido Socialista, este podría favorecer , a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en cuantas ocasiones hubiera oportunidad, por empresas cuyos intereses captaría y promovería Víctor de Aldama, así como facilitar a este el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas”.

La condena que pedía la Fiscalía

El juicio quedó visto para sentencia el pasado 6 de mayo tras 14 jornadas y después de que pasaran por el plenario decenas de testigos. Ábalos y su mano derecha se enfrentaban a una petición por parte de la Fiscalía de 24 y 19 años y medio de cárcel, respectivamente.

La Fiscalía y la acusación popular que lideraba el PP defendieron que los acusados aprovecharon la pandemia para enriquecerse ilícitamente gracias a contratos adjudicados por entidades dependientes del Ministerio a la empresa de la trama, Soluciones de Gestión. La tesis era que Ábalos y Koldo García facilitaron información previa y privilegiada a Aldama, lo que permitió adjudicarse contratos de mascarillas de Puertos del Estado y Adif por valor de 36,7 millones de euros.

Luzón sostuvo en el juicio que para esas adjudicaciones irregulares fue determinante el pago recurrente por parte de Aldama de una suerte de sueldo mensual de 10.000 euros en efectivo que abonó a Koldo García para que lo repartiera con su jefe. La Fiscalía considera que esos pagos mensuales que se habrían mantenido entre octubre de 2019 y julio de 2022 fueron el “núcleo” del delito de cohecho que atribuye a los tres investigados. Tanto el exministro como su asesor negaron en el plenario haber recibido ese tipo de pago por parte de Aldama.