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Comisiones, pagos mensuales de 10.000 euros y enchufes: qué considera probado la sentencia del caso mascarillas

El exasesor del exministro Jose Luis Ábalos, Koldo García (c), en el Tribunal Supremo el 12 de febrero.-EFE/ JJ Guillén POOL

elDiario.es

22 de junio de 2026 18:54 h

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La sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso mascarillas ha convertido al exdirigente socialista José Luis Ábalos en el ministro que mayor condena ha recibido en la historia de la democracia española. La Sala de lo Penal ha condenado a Ábalos a 24 años y tres meses de prisión, a 19 años y ocho meses a su exasesor Koldo García y a 4 años y medio al comisionista Víctor de Aldama por mordidas en contratos de mascarillas en plena pandemia. Aldama logrará evitar la cárcel, al considerar el Supremo que su aportación como delator ha sido “muy decisiva”.

Estos son algunos hechos probados según la sentencia:

Los contratos de mascarillas

La sentencia concluye que hubo ilegalidades en la adjudicación de hasta 13 millones de euros en contratos de suministros de mascarillas salidos de Puertos del Estado y ADIF a Soluciones de Gestión, una empresa vinculada a Aldama, quien se lucró con comisiones que a su vez entregó a los otros dos acusados. Los jueces apuntan al conocimiento previo que tenían desde la empresa adjudicataria de los detalles “antes incluso de que los responsables del propio órgano de contratación tuviesen conocimiento de la operación”.

La sentencia afirma que Aldama canalizó las comisiones percibidas a través de dos sociedades por un importe de 6,6 millones de euros; y que Ábalos y su exasesor le pidieron 2 millones y 500.000 euros, respectivamente, que el comisionista incluyó en sus previsiones de gastos. El empresario, que según el Ministerio Público obtuvo un beneficio con la venta de mascarillas de 3,7 millones de euros, no tendrá que entrar en la cárcel después de que los jueces, teniendo en cuenta su confesión, hayan suspendido la ejecución de su condena a cambio de no volver a delinquir y hacer trabajos para la comunidad.

Pisos y 10.000 euros para los “gastos fijos” de Ábalos

Por las gestiones y contratos a su favor, Aldama abonó 10.000 euros al mes a Ábalos y Koldo García desde octubre de 2019 hasta junio de 2022 en concepto de “gastos fijos” del exministro. En total, fueron 340.000 euros mensuales (10.000 por 34 meses) del 'sueldo' para Ábalos.

A esa “dádiva” se sumó el abono del alquiler del apartamento de lujo de Jésica Rodríguez en Plaza de España y el contrato de alquiler con opción a compra de un piso en el Paseo de la Castellana. Aldama había explicado que ese piso era una suerte de seguro que ofrecía al ministro como prueba de que cobraría futuras comisiones.

La sentencia apunta a que con el piso de la Plaza de España que la trama alquiló a Rodríguez tenía la “finalidad de cohesión de la organización”. Así, por el piso situado en la Torre de Madrid se pagó una renta , por importe de 2.700 euros mensuales, que “se abonó desde el mes de marzo de 2019 hasta septiembre de 2021, junto a las subidas anuales, alcanzando un total de 82.295 euros”.

Con respecto al piso del Paseo de la Castellana, los magistrados del Supremo consideran que “con el propósito de garantizar a José Luis Ábalos la percepción de las comisiones ilícitas, que habrían de satisfacer diferentes empresas, por la adjudicación de obra pública licitada en el Ministerio de Transportes, en favor de los intereses personales de Víctor de Aldama y de las empresas que este promovía”, en abril de 2019 el exministro firmó un contrato de alquiler con Aldama para poder vivir en uno de los pisos del empresario situado en el Paseo de la Castellana de Madrid.

La sentencia señala que Ábalos “no ocupó el inmueble ni, en consecuencia, satisfizo renta alguna, pues nunca fue esa la pretensión de los contratantes”. “El contrato encubría, como negocio jurídico real, una fiducia de garantía de un crédito que José Luis Ábalos tenía al cobro de unas comisiones ilegales; de tal manera que, mientras subsistiera la obligación, el acreedor mantenía la propiedad fiduciaria de la cosa (en este caso, la ventajosa opción de compra) y, una vez extinguida la deuda (el pago de las comisiones), se hacía exigible su obligación de restituir la propiedad”, sentencian los magistrados del Supremo.

La contratación de Claudia Montes

Entre los enchufes que el tribunal considera probados están los de Claudia Montes y Jésiica Rodríguez que, según la sentencia, fueron dos mujeres que tuvieron algún tipo de relación personal con Ábalos. Respecto a Montes, el Supremo señala que “fruto” de su relación con el ministro, en 2019 este “escribió un mensaje a Koldo García sugiriéndole la contratación de Claudia Montes ‘en Renfe, ADIF o alguna de sus subcontratas’”. Siempre según la sentencia, su asesor contestó: “Sí. Lo arreglo”. Los magistrados dan por probado que después de que la mujer enviara a Koldo García su currículum este lo remitió al presidente de Renfe “con el fin de respaldar su contratación”.

“El día 16 de diciembre de ese mismo año, Claudia Montes fue contratada por Logirail, sociedad mercantil estatal proveedora de servicios logísticos de Renfe Mercancías, perteneciente al Grupo RENFE, entidad pública empresarial, dependiente del entonces denominado Ministerio de Fomento, extendiéndose su relación laboral con Logirail entre ese día y el 17 de febrero de 2022, actividad por la que percibía un salario líquido total de 1.384,99 euros mensuales”, sentencian.

Sueldo para Jésica Rodríguez sin hacer “ninguna actividad laboral”

Respecto a Jésica Rodríguez, la sentencia da por probado que Ábalos, “aprovechándose de la privilegiada situación por su condición de ministro concibió y desarrolló un plan de actuación, consistente en desplegar toda su influencia para que ella fuera contratada por alguna empresa pública integrada en la estructura del Ministerio o que prestara sus servicios a alguna de estas con la finalidad de que percibiera un sueldo sin que tuviera que desempeñar, como contraprestación, ninguna actividad laboral”.

En esta ocasión, Ábalos se ayudó de Koldo García “como solía”, según recoge el fallo. En primer lugar, García le habría encontrado el trabajo y después se habría encargado de “eludiera o sorteara” los controles y no tuviera que acudir a su puesto. La sentencia deja claro que Koldo García implicó en los hechos a Isabel Pardo de Vera, presidenta de Adif entonces, pero que ella es “no juzgada en esta causa”. “Se decidió que la empresa contratante sería la sociedad estatal de Ingeniería y Consultoría (INECO)”, dependiente de Adif. Cuando acabó el contrato con Ineco, Koldo García volvió a recurrir a Pardo de Vera para que fuera contratada en otra empresa pública, Tragsa.

Una nota de prensa para tranquilizar a los acreedores

La sentencia también se refiere a las gestiones que hizo la trama en torno al rescate de 475 millones de euros del Gobierno a Air Europa en la pandemia. El empresario Víctor de Aldama, que en esas fechas asesoraba a la aerolínea, consiguió que Ábalos presionara al secretario de Estado de Infraestructuras para que sacara una nota de prensa anunciando el rescate y así “tranquilizar a los acreedores”.

A cambio de esta nota de prensa, el Supremo considera que se gestionó el alquiler de una vivienda en Marbella para que Ábalos y su familia pasaran unas vacaciones gratis en agosto de 2020.

Una “organización criminal” con “vocación de permanencia”

Los tres condenados articularon una organización criminal, con vocación de permanencia, que se aprovechaba de la influencia de Ábalos como ministro de Transportes y secretario de Organización del PSOE para actuar en varias esferas, y que empezó a debilitarse al salir éste y su asesor del Ministerio.

Cada uno tenía un rol diferenciado. Ábalos era considerado el jefe y usaba su influencia para favorecer contratos públicos a empresas captadas por Aldama, a cambio de un beneficio económico del que todos participaban.

Koldo García era su “hombre de confianza”, hacía gestiones personales para influir en adjudicaciones, arregló enchufes en empresas públicas y gestionaba y reclamaba mordidas. Víctor de Aldama captaba empresas y pagaba comisiones.

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