Hacienda se desentiende de sus errores al hacer las declaraciones

El error de un funcionario de la Dependencia de Gestión Tributaria de Las Palmas de Gran Canaria en la confección de la declaración del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ha podido costar muy caro a un contribuyente de la capital. De no mediar una reclamación interpuesta por la Asociación Dávide para la Defensa del Contribuyente ante el Tribunal Económico Administrativo del Ministerio de Hacienda, este ciudadano se habría visto obligado a abonar más de 9.300 euros cuando, según se comprobó posteriormente, tenía derecho a una devolución de 6.700 euros.

El contribuyente acudió a la oficina de la Agencia Tributaria en la capital grancanaria para que le realizaran la declaración del IRPF del año 2006 aportando toda la documentación requerida, entre ellas la relacionada con una vivienda que había adquirido tras vender otro inmueble y que, según le habían informado, le permitía una importante deducción en la declaración.

Sin embargo, el trabajador de la Agencia Tributaria negó que tuviera derecho a la mencionada deducción. La asociación Dávide, tras recibir la consulta del contribuyente y analizar su declaración, concluyó que había habido un error y se dirigió a Hacienda para certificar que se había confeccionado en sus dependencias.

En su escrito de respuesta, la Agencia Tributaria señaló que las declaraciones se realizan sobre una plataforma “externa” y que su única labor es prestar un servicio al contribuyente para facilitar el cumplimiento de las mismas, por lo que no asumían ninguna responsabilidad sobre lo sucedido. Además, aseguraban que los funcionarios reciben instrucciones para advertir a los ciudadanos que deben comprobar que en la declaración confeccionada figuren todos los datos de sus ingresos, gastos y deducciones.

Ante esta contestación, Dávide pidió amparo al Defensor del Pueblo, que esgrimió que “los borradores de IRPF que elabora la AEAT no tienen carácter vinculante, pudiendo además confeccionar más de una declaración para cada contribuyente, lo que dificultaría su pretensión”. No obstante, recomendaba a la Dirección General de la AEAT la implantación de un impreso en el que constaran los documentos que el interesado entrega, los datos personales y familiares y la opción de tributación elegida para dar mayor seguridad jurídica a los ciudadanos.

Finalmente, la asociación acudió al Tribunal Económico Administrativo, que les acabó por dar la razón y consiguió que le devolviesen 6.755 euros al considerar que el contribuyente cumplía los requisitos del Reglamento del IRPF para acogerse a la deducción por reinversión de vivienda habitual.

Ante este tipo de situaciones, Dávide recomienda presentar la máxima documentación y compulsar los papeles que se aporten y, en caso de que le denieguen este trámite, presentar una queja de forma inmediata o acudir a un asesor.

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