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Los contenidos de este site son facilitados por UGT Andalucía y quieren responder a todo tipo de dudas relacionadas con el mundo laboral.

Los tipos de indemnización según el despido

edCreativo Andalucía

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Concluimos esta serie con la finalización del contrato. Cuando se produce un despido, la cantidad que se cobra en concepto de indemnización depende fundamentalmente de tres factores. Es decir, el tipo de despido que sea, el salario del trabajador (la cantidad bruta anual) y su antigüedad en la empresa.

En este sentido, cuando se habla de tipo de despido, hay que tener en cuenta que puede ser por causas objetivas o improcedente. Eso sí, si es un despido disciplinario, y no es declarado improcedente por un juez, no se cobra indemnización.

20 días por año trabajado. Es lo que corresponde por despido objetivo. Cuando se habla de despido objetivo puede ser por causas económicas, tecnológicas, etcétera; es decir, aquellas en las que la empresa demuestra que debe prescindir de plantilla. Deben ser causas legales y cumplir los requisitos exigidos por la ley. En estos casos corresponde una indemnización de 20 días de salario por año trabajado (y prorrateo del tiempo inferior al año) con un máximo de 12 mensualidades.