El TSJA confirma seis años de cárcel por captar a una mujer como camarera y obligarla a prostituirse
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la condena de seis años y cuatro meses de prisión impuesta a la encargada de un club de alterne de Garrapinillos, en Zaragoza, por captar a una mujer en Paraguay con la promesa de trabajar como camarera y obligarla posteriormente a ejercer la prostitución para pagar la deuda contraída por su viaje a España.
La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso presentado contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza y mantiene las penas por un delito de trata de seres humanos en concurso medial con otro relativo a la prostitución, así como por favorecimiento de la inmigración clandestina.
La condenada deberá cumplir seis años de prisión por los dos primeros delitos y otros cuatro meses por favorecer la inmigración ilegal. La resolución mantiene asimismo la medida de libertad vigilada posterior y la indemnización de 6.000 euros fijada a favor de la víctima.
Los hechos se remontan a 2021 y 2022. Según declaró probado la Audiencia Provincial, la responsable del establecimiento contactó con una mujer de nacionalidad paraguaya y le ofreció viajar a España para trabajar como camarera. La acusada se hizo cargo inicialmente del coste del desplazamiento desde Sudamérica hasta Zaragoza. Sin embargo, una vez llegada a España, la situación cambió. La mujer fue informada de que debía ejercer la prostitución en el establecimiento para devolver el dinero adelantado por el viaje, 2.000 euros. La víctima permaneció apenas tres días en el club antes de abandonarlo y posteriormente denunciar los hechos.
Para mantener la actividad propia del negocio, la condenada, conocida como ‘Magdalena’, contactaba con mujeres extranjeras, en su mayor parte latinoamericanas, a las que proporcionaba los billetes de avión, facilitando así su traslado a España para que trabajaran en el club y le permitieran obtener beneficios económicos derivados de la prostitución que desarrollaban en él y de las consumiciones que hacían los clientes, de las que se quedaba el 50% de su precio.
La sentencia considera acreditado que la encargada facilitaba instrucciones a algunas mujeres sobre la manera de afrontar los controles de entrada en España cuando viajaban desde países latinoamericanos.
El procedimiento llegó a juicio con una petición de penas considerablemente superior. La Fiscalía solicitaba inicialmente más de 40 años de prisión para cada uno de los dos acusados por cinco delitos de trata de seres humanos agravados y otro relativo a la prostitución.
La Audiencia Provincial, sin embargo, no consideró acreditada la explotación sexual denunciada por todas las mujeres que habían trabajado en el establecimiento y circunscribió la condena al caso de la mujer captada en Paraguay bajo la oferta de un empleo de camarera.
Respecto a otras tres denunciantes, la sentencia concluyó que habían viajado a Zaragoza con la intención de ejercer la prostitución. En otro de los casos, el tribunal señaló que la mujer había comenzado realizando tareas de limpieza en el establecimiento y posteriormente decidió dedicarse a la prostitución para obtener mayores ingresos.
El tribunal absolvió además de todos los delitos al marido de la encargada, que también había sido acusado en el procedimiento y para quien la Fiscalía reclamaba igualmente una pena superior a los 40 años de cárcel.
Durante el juicio, celebrado en marzo en la Audiencia Provincial de Zaragoza, algunas de las denunciantes sostuvieron que permanecían vigiladas en el establecimiento y sometidas a deudas económicas. Los acusados rechazaron estas afirmaciones y mantuvieron que las mujeres ejercían la prostitución voluntariamente.
La Audiencia Provincial consideró, no obstante, probado el engaño y la explotación en el caso de la mujer paraguaya. La defensa recurrió posteriormente la condena ante el TSJA, que ahora ha rechazado sus argumentos y ha ratificado la sentencia de primera instancia.