Más adelante añade el recurso del Gobierno: “Todo el razonamiento de la sentencia para fundamentar la responsabilidad patrimonial de la Administración descansa sobre una premisa errónea, a juicio de esta parte: la tesis de que por la mera titularidad de un permiso de investigación la reclamante tenía un verdadero derecho adquirido a explotar y hacer suyos los recursos comprendidos en el ámbito de dicho permiso. A partir de esa tesis, la sentencia viene a considerar que la negativa de la Administración a tramitar la solicitud de concesión en 1993 -decisión que sería posteriormente anulada por los Tribunales- le privó de ese derecho consolidado, ya que cuando se anuló judicialmente la actuación de la Administración, estaba en vigor el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura, que prohibía expresamente la explotación de los recursos objeto de concesión”. El PIO es de 2001, y Luis Soria concede los permisos en 2004.