El Gobierno de Canarias publica una orden que facilita a las cofradías de pescadores la compra de combustible
El Gobierno de Canarias ha publicado el pasado 14 julio en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la Orden que regula la autorización de depósitos fiscales en favor de las cofradías de pescadores del Archipiélago para la compra de combustible destinado a barcos que se dedican a la pesca costera se informa en el portal de noticias del Ejecutivo regional.
Con este texto, la Consejería de Hacienda, a través de la Agencia Tributaria Canaria, “reduce a un mes el plazo de resolución de los trámites que tienen que realizar estas corporaciones para solicitar un depósito fiscal, siendo el plazo máximo legal de seis meses”. Este procedimiento permite “mantener en suspensión el devengo del impuesto, de tal forma que no se encuentren con la obligación de tributar ni de soportar el coste final y financiero. Así, la exención operará de forma directa”.
Esta acción, añade, “es resultado de una serie de reuniones promovidas desde la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas para solventar una situación que venía produciendo hasta ahora un grave perjuicio económico para los pescadores canarios”.
La consejera de Hacienda, Rosa Dávila, ha señalado que su departamento se compromete además a asesorar a los pescadores en la cumplimentación de las solicitudes de los depósitos fiscales, para lo que se establecerá un modelo de documentación, que se trasladará a la Dirección General de Pesca y que permitirá que las cofradías puedan solicitar depósitos fiscales de la forma más sencilla posible.
En la nota se apunta que “la ventaja de estos depósitos es que están libres de tributos, por lo que los pescadores se ahorrarán 222 euros por cada mil litros de combustible”.
Por su parte el consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, Narvay Quintero, explicó que hasta “este momento las cofradías se veían obligadas a adelantar el Impuesto Especial del Combustible a pesar de que, siendo entidades sin ánimo de lucro, no tienen capacidad económica para soportar el impuesto, que a final del ejercicio les era devuelto por la Agencia Tributaria Canaria”.
“Aquellos pescadores a los que se les repercute el impuesto directamente por no pertenecer a una cofradía o no usar el papel de un intermediario pueden acogerse a la exención de este impuesto solicitando su devolución. En estos casos la Agencia Tributaria Canaria establecerá un mecanismo para reducir el plazo de reembolso a un máximo de dos meses y la devolución será del 100% del tributo”, concluye la nota.