El fiscal pide al Supremo que confirme la condena a cinco colaboradores de ETA
MADRID, 27 (EUROPA PRESS)
El fiscal ha solicitado al Tribunal Supremo que confirme la condena de cinco años de cárcel impuesta en diciembre de 2009 por la Audiencia Nacional a cinco jóvenes, a los que se les atribuyó un delito de colaboración con organización terrorista por distribuir el boletín interno de ETA ('zutabe').
Durante la vista pública celebrada este jueves en el alto tribunal, el representante del Ministerio Público insistió en que existen pruebas suficientes para condenar a Ibon Goitia Bericua, Iker Legarra, Mikeldi Zenigaonaindia, Mitxel Zenarruzabeitia y Xabier Erkiaga por su participación, en distintos grados, en la recogida de paquetes con los boletines en 'herriko tabernas' y en su transporte en vehículos precedidos por otros coches que ejercían las funciones de lanzadera.
El fiscal defendió que las declaraciones efectuadas en sede policial por algunos de los procesados, con “todo lujo de detalles”, tienen un “valor procesal fuera de cualquier duda”. Además, rechazó las alegaciones de la defensa sobre las torturas que denunciaron algunos de los condenados, asegurando que “no existe dato objetivo para pensar que fueran sometidos a malos tratos”.
DILACIONES INDEBIDAS
Por otra parte, reconoció que en el procedimiento hubo dilaciones indebidas --el tribunal tardó más de dos años en dictar la sentencia-- pero rechazó la petición de la defensa de los cinco acusados de que se considere un atenuante, argumentando que esta cuestión ya se tuvo en cuenta en la resolución de la Audiencia Nacional, que impuso a los condenados la pena mínima para el delito de colaboración con organización terrorista.
Asimismo, explicó que la defensa no ha justificado en su recurso que las dilaciones hayan tenido algún “efecto” o producido alguna “lesión” en los cinco condenados. El fiscal rechazó éste y el resto de motivos planteados por la defensa y solicitó al tribunal que confirme la condena impuesta en diciembre de 2009 por la Audiencia.
Además de las dilaciones indebidas, el abogado de los cinco condenados expuso durante la vista que no existen pruebas de cargo que inculpen a los procesados, ya que las declaraciones autoinculpatorias de algunos de ellos, que atribuyó a los malos tratos alegados, no cuentan con “ningún dato objetivo y externo que las corrobore”.