El Supremo estima las demandas contra ASB y prohíbe su inscripción
La “Sala del 61” del Tribunal Supremo (TS) estimó hoy por unanimidad las demandas de ilegalización de Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) interpuestas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado y en consecuencia acordó prohibir su inscripción en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.
Así lo acordó la Sala Especial o del artículo 61 del TS tras celebrar una vista en la que el teniente fiscal, Juan José Martín Casallo, aseguró que el intento de inscribir ASB en dicho Registro es la primera fase, al que siguieron las agrupaciones electorales y ANV, del propósito defraudatorio de hacer factible la presencia en las elecciones de un partido ilegalizado. Los 15 magistrados de la “Sala del 61”, más el presidente del TS, Francisco José Hernando, procedieron a declarar la no inscripción en el Registro de Partidos Políticos de ASB, según informó el Alto Tribunal en una nota de prensa, que añade que el auto será hecho público en la próxima semana.
El fallo fue dado a conocer unas dos horas y media después de que acabara la comparecencia pública, llevada a cabo en el salón de plenos del TS para analizar las alegaciones y pruebas documentales presentadas por ASB, la primera opción elegida por la izquierda abertzale para participar en las elecciones del próximo 27 de mayo y que solicitó el pasado mes de marzo su inscripción en dicho registro. En la vista tanto el fiscal como el Abogado del Estado reclamaron que se prohíba la inscripción de ASB.
Martín Casallo relató que en todas las elecciones tras la ilegalización de Batasuna, en 2003, ha habido un propósito defraudatorio para que el partido ilegalizado pudiera presentarse a los comicios, que en este momento “se reitera a base de una hiperactividad”, a través de tres estadios. Así, según dijo, crearon ASB y en previsión de que no se permitiera su inscripción se idearon las agrupaciones electorales y “por si acaso todo ello fallara” se pensó en utilizar de manera parcial determinadas candidaturas de un partido ya constituido como es Acción Nacionalista Vasca (ANV), lo que responde “a un todo” en su “voluntad defraudatoria” .
Entre otros argumentos, el fiscal citó la similitud de los órganos nacionales y locales de ASB con los de Batasuna y la existencia de dos personas relevantes en esta formación que lo eran también de la formación ilegalizada, una de las cuales, María Jesús Fullaondo, está imputada en un sumario en la Audiencia Nacional por un delito de integración en banda armada. Además destacó el hecho de que se incluya el término Batasuna (que en euskera significa unidad) en el nombre del partido, palabra que, según consideró, “dentro de la sociedad vasca no se puede interpretar en su estricto significado genérico”.
“Se está impidiendo su nacimiento sin conocer la conducta”
Por su parte, el abogado del Estado reiteró que no procede inscribir en el Registro a ASB y consideró que el procedimiento previsto en la Ley de Partidos Políticos es compatible con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). También defendió la imparcialidad de los informes de las Fuerzas de Seguridad del Estado aportados a la causa y destacó como valor probatorio que en algunas listas de las agrupaciones electorales que han sido anuladas por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional apareciera el símbolo de ASB.
El letrado de ASB, Iñigo Iruin, pidió que se permita su inscripción como partido político, ya que, a su juicio, “no se puede determinar que es la sucesión de la actividad de un partido político ilegalizado cuando no ha desarrollado actividad alguna”. Según explicó, “se está impidiendo su nacimiento sin conocer la conducta que va a llevar a cabo”.
“Lo que os pide la Fiscalía y la Abogacía del Estado es que hagáis una profecía”, concluyó la defensa de ASB, que plantea una cuestión de inconstitucionalidad de la Ley de Partidos al entender que no cabe un control previo de la legalidad de un partido, sino que éste debe ser a posteriori. También en nombre de ASB el abogado Adolfo Araiz aseguró que el término Batasuna no es patrimonio de ningún partido político y recordó que el partido Euskadiko Errepublikarren Batasuna figura inscrito en el registro desde enero de 2005, casi dos años después de la ilegalización de Batasuna.
La defensa de ASB alega que esta formación, “a diferencia de las que han sido ilegalizadas, expresa, sin duda alguna, que su apuesta política, además de pretender superar el denominado conflicto vasco, se conseguirá por el diálogo y sin la práctica de violencia alguna, incluida por supuesto la que pueda desarrollar la organización ETA”. La Fiscalía y la Abogacía interpusieron el pasado 3 de abril sendas demandas y en ellas alertaban de que la constitución de ASB como partido sería un fraude a la Ley de Partidos por ser sucesora de Batasuna.