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Convocada de forma oficial la próxima cita con las urnas: el BOE publica el decreto de las elecciones generales del 23 de julio

Una persona sostiene unas papeletas electorales para las elecciones autónomicas de este 28 de mayo

Europa Press / Canarias Ahora

30 de mayo de 2023 14:25 h

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el real decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de elecciones generales para el próximo 23 de julio, los cual fija la próxima cita con las urnas en Canarias. El documento ha sido firmado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y sancionado por el Rey.

La publicación del Real Decreto 400/2023, de 29 de mayo, abre un nuevo periodo electoral dos meses después de celebrarse las elecciones municipales y autonómicas. También, queda determinado todo el calendario establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), ya que su entrada en vigor es inmediata.

Las fechas clave del 23J

Este 30 de mayo supone también la primera fecha clave del proceso: la disolución del Congreso de los Diputados y del Senado, elegidos el 10 de noviembre de 2019. Desde el comienzo en la madrugada de este martes ya sólo quedan en activo los miembros de las diputaciones permanentes de ambas cámaras y el resto de parlamentarios perderán sus atribuciones, incluyendo sueldo y fuero. Con la disolución de las cámaras el Gobierno pasará a serlo en funciones.

El real decreto hace oficial la fecha de las elecciones generales, conocida este mismo lunes cuando Sánchez anunció el adelanto electoral. Serán el 23 de julio, 54 días después de la publicación de la norma.

La segunda fecha clave, este mismo 30 de mayo, día a partir del cual se podrá solicitar el voto por correo. El plazo para solicitarlo terminará el 13 de julio, diez días antes de la jornada electoral, aunque es posible que los trámites del voto por correo se alarguen debido a la coincidencia con las vacaciones de muchos de los electores.

La tercera es el 9 de junio, último día en el que los diferentes partidos políticos deberán comunicar a la Junta Electoral las coaliciones electorales que se hayan formado de cara a los comicios. La ley establece un plazo de diez días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOE para llevar a cabo esta comunicación, de ahí que el límite se marque en el mencionado 9 de junio.

Este plazo tan ajustado es especialmente un reto para Sumar, el proyecto político todavía inconcluso de Yolanda Díaz, así como para Podemos; ambas formaciones tendrán que negociar las posibilidades de su alianza a contrarreloj.

La cuata fecha clave, del 14 al 19 de junio, periodo en el que los partidos deberán presentar en las juntas electorales provinciales sus listas cerradas al Congreso y al Senado. El día 25 del mismo mes las juntas electorales provinciales anunciarán los candidatos. Al día siguiente, 26 de junio, se publicarían oficialmente en el BOE las candidaturas que concurren.

El 24 y el 28 de junio, los días entre los que se hará el sorteo de las mesas electorales. La ley establece que los miembros deben ser elegidos entre los días vigésimoquinto y vigésimonoveno posteriores a la convocatoria, es decir, las fechas en cuestión.

El 7 de julio dará comienzo la campaña electoral: tiene una duración de quince días y acabará en la madrugada del viernes 21 de julio al sábado 22. Los sondeos electorales se podrán publicar hasta el próximo 17 de julio, cinco días antes de celebrarse los comicios. La jornada de reflexión será el día previo a la celebración de las elecciones generales, es decir, el 22 de julio.

Por último, el decreto fija el día y la hora en que deben reunirse las Cámaras para celebrar su sesión constitutiva tras las elecciones, en la que diputados y senadores toman posesión de su escaño y se elige al Presidente y resto de miembros de las Mesas de ambas Cámaras. En este caso será el próximo 17 de agosto, a las 10.00 horas.

Por otro lado, el real decreto establece además el número de diputados a elegir por cada circunscripción: Albacete (4); Alicante (12); Almería (6); Álava (4); Asturias (7); Ávila (3); Badajoz (5); Baleares (8); Barcelona (32); Bizkaia (8); Burgos (4); Cáceres (4); Cádiz (9); Cantabria (5); Castellón (5); Ciudad Real (5); Córdoba (6); A Coruña (8);Cuenca (3); Gipuzkoa (6); Girona (6); Granada (7); Guadalajara (3); Huelva (5); Huesca (3); Jaén (5); León (4); Lleida (4); Lugo (4); Madrid (37); Málaga (11); Murcia (10); Navarra (5); Ourense (4); Palencia (3); Las Palmas (8); Pontevedra (7); La Rioja (4); Salamanca (4); Santa Cruz de Tenerife (7); Segovia (3); Sevilla (12); Soria (2); Tarragona (6); Teruel (3); Toledo (6); Valencia (16); Valladolid (5); Zamora (3); Zaragoza (7); Ceuta (1), y Melilla (1).

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