Gesplan pagó 42.000 euros por acoso laboral

La empresa pública Gesplan pagó en mayo de 2012, en pleno proceso de negociación por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE), cerca de 42.000 euros en concepto de indemnización a un jefe de área que fue despedido por incurrir en una falta laboral tipificada como muy grave en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo de la sociedad, en relación con un caso de acoso moral a otra trabajadora.

En una carta fechada el pasado 10 de mayo, el gerente de Gesplan, Rafael Castellano, notificó al directivo la rescisión del contrato que le unía a la empresa “en el ejercicio de sus facultades disciplinarias”, como sanción tras imputarle una infracción muy grave.

Según consta en esta comunicación, la empresa pública puso a disposición del trabajador la cantidad de 41.742 euros amparándose en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto del Trabajador (TRLET) y, por lo tanto, asumiendo que el despido era improcedente. La normativa dice que el despido disciplinario será improcedente cuando no quede acreditado el incumplimiento alegado por el empresario en su escrito de comunicación o cuando la notificación no exponga los motivos.

Si bien la reforma laboral que aprobó el PP en febrero de 2012 estipula la indemnización para este tipo de casos en 33 días por año trabajado, las fuentes consultadas estiman que la cantidad abonada a este directivo superó los 40 días por año.

La trabajadora que denunció el caso, en cambio, fue una de las afectadas por el ERE que la empresa pública cerró en la provincia de Santa Cruz de Tenerife tan sólo un día después de este despido disciplinario y fue indemnizada, gracias a un acuerdo con los representantes sindicales, con 30 días por año trabajado.

Protocolo frente el Acoso Moral y Sexual

Gesplan abrió un expediente al jefe de área siguiendo el protocolo frente al Acoso Moral y Sexual y por Motivos de Sexo tras la denuncia presentada por la trabajadora el 7 de mayo en relación a unos hechos que venían sucediendo desde el 13 de abril.

El responsable de Recursos Humanos de la empresa actuó como mediador en el procedimiento y el mismo día en el que se incoó el expediente entrevistó a la denunciante y a testigos que pudieran ratificar los hechos.

En la resolución del expediente concluyó, tras analizar las pruebas documentales y testimoniales relacionadas con la denuncia, que existían “indicios de conductas constitutivas de acoso moral y laboral”, por lo que entendía que el jefe de área había incurrido en una falta laboral considerada muy grave, procediendo a imponerle la sanción de despido con fecha de efecto a 11 de mayo de 2012.

Fuentes internas consultadas por este periódico señalan que el trabajador despedido gozaba de “muy buena consideración” por parte de la empresa y tenía “especial afinidad” con el gerente, Rafael Castellano. Además, había tenido incidentes similares con otras dos trabajadoras que finalmente fueron despedidas .

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