La Ley de Medidas Urgentes contradice su propia declaración de intenciones
“La verdadera intención de la nueva norma es resolver un problema económico desde el urbanismo, con especial incidencia en la desafectación de suelo rústico y en el crecimiento turístico, permitiendo nuevos asentamientos urbanos”. De esta manera califica el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias (COAC) el objetivo primordial de la Ley de Medidas Urgentes que promueve el Gobierno de Canarias, en clara contradicción con su propia exposición de motivos, “que contiene dos principios programáticos básicos, que han de compartirse necesariamente”, pero que chocan frontalmente con el articulado de la norma.
El documento síntesis elaborado por los arquitectos para posicionarse ante la Ley de Medidas Urgentes resalta la contradicción evidente entre los principios ordenadores justificantes del anteproyecto y el contenido concreto de su articulado, ya que por un lado proclama que “la sostenibilidad ambiental es el concepto clave que debe presidir el desarrollo económico y social de una sociedad moderna y democrática, basada en el imperio de la Ley y la transparencia de las instituciones que conforman el Estado de Derecho”, y por otro afirma que “se hace necesario abordar el marco en el que el Turismo, principal actividad económica del Archipiélago, debe desarrollarse en los próximos años, garantizándose la sostenibilidad de su desarrollo territorial, y la fortaleza de su competitividad, basada principalmente en la calidad de la oferta alojativa y de ocio, como en el mantenimiento de las potencialidades de los recursos naturales de las Islas y de su biodiversidad”.
El COAC destaca “la contradicción evidente” ya que “dicha declaración de intenciones no informa al articulado, es más, por el contrario se enfrentan, ya que los efectos de las determinaciones, figuras y procedimientos que se regulan afectarán de forma negativa y preocupante al suelo rústico” al descubrir su verdadera intención.
Inseguridad jurídica con un efecto devastador
Además, el alcance de los cambios propuestos por el Gobierno de Canarias “socava lo principios generales de la ordenación que rigen la actividad de la transformación del territorio”, ya que “una ez se modifican ciertos artículos del Texto Refundido, que a su vez han tenido traslación a las Directrices [...], surge en cascada una serie de contradicciones que produce incertidumbre con relación al marco legal de aplicación al cuerpo legal que permanece, con la consiguiente inseguridad jurídica, con un efecto devastador para el sistema de planeamiento”.
Para los arquitectos canarios, la inseguridad jurídica de las Medidas Urgentes también se fomentan con la “traslación de la toma de determinads decisiones de la COTMAC al Consejo de Gobierno, que supone la apertura a la discrecionalidad de actuaciones anteriormente regladas, sin ninguna justificación disciplinar ni operativa”.
El informe del COAC fechado el pasado viernes apunta también a que la nueva Ley renuncia a un sistema de planficación coherente, al diseñar un modelo basado en el pragmatismo, “en la línea anglosajona de trasladar las decisiones sobre el territorio al ámbito del gobierno”, ya que prescinde “del tradicional reparto de competencias entre las distintas administraciones que reconoce nuestra Constitución”, de modo que “se renuncia al planeamiento como norma reguladora básica del territorio, con desconfianza a la capacidad de losórganos administrativos locales para llevar a acabo eficazmente sus determinaciones”.
Evidente fraude de ley
En cuanto a los efectos negativos sobre el suelo rústico, el COAC apunta que “la normalización de actuaciones singulares a través del artículo 47 del Texto Refundido” debería ser rechazada ya que, a su juicio, “constituiría un evidente fraude de ley”.
Al respecto, el COAC interpreta estas medidas como que “da la impresión de que se pretende recuperar aquel espíritu de la Ley del Suelo de 1998, en la que se planeaba que todo el suelo no protegido es potencialmente urbanizable”, por medio de la “utilización discrecional de los Proyectos de Actuación Territorial y las Calificaciones Territoriales en Suelo Rústico, asignando incluso mediante un proyecto, aprovechamientos urbanísticos, que pretende la implantación de dotación de equipamientos, actividades industriales, energéticas y turísticas, con el único requisito de que sean intervenciones estratégicas” que fozará la modificación del planeamiento municipal.
Para el COAC, las Medidas Urgentes fomentan modificaciones en el planeamiento por medio “de proyectos e intalaciones en el suelo rústico, que cuestionarán la planificación vigente y colisionarán con el principio irrenunciable de preservación y defensa del suelo rústico frente al proceso de transformación indiscriminada del territorio”.
Ineficacia en el sector turístico
Por último, el análisis de los arquitectos canarios considera ineficaz los incentivos previstos para el sector turístico por medio de la Ley. En concreto, el COAC tilda de “utópicas y voluntaristas, sin ningún contraste ni experiencia previa en este ámbito productivo”, las medidas previstas para incentivar el motor de la economía canaria, sobre todo al resaltar que “aún existen incentivos en las Directrices que no se han materializado”.
Critica el COAC que el Gobierno pretende una rehabilitación turística que sólo puede materializarse en suelo rústico, “al margen del planeamiento, y que obviamente llevará a su modificación” por la vía de la excepcionalidad en los Planes Insulares y los de Ordenación Municipal.
El COAC también considera que la creación de hoteles-escuela prevista en la Ley es “un subterfugio para primar la creación de nueva planta hotelera en detrimento de la rehabilitación, defendida como pilar básica de las medidas propuestas, pudiéndose comprobar su verdadera intención, que no es otra que ladear” la moratoria turística.