TSJC cree que la construcción de una torre de 13 plantas en la capital grancanaria respondía al “interés privado”
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 19 (EUROPA PRESS)
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia en la que anula la construcción de un edificio con una altura de 13 plantas y 400 viviendas en el barrio de Guanarteme, en la capital grancanaria, y precisa que la modificación del Plan General de Ordenación para este fin “no respondía a una finalidad de interés público, sino exclusivamente privado”.
Los servicios jurídicos del Ayuntamiento capitalino están estudiando la sentencia, relativa al proyecto promovido por Promotora Fadesa --ahora llamada Martinsa-Fadesa-- y conocido como 'Gran Guanarteme', para ver si se recurre o no, según anunció ayer en rueda de prensa el alcalde, Jerónimo Saavedra, que recordó que ésta “anula” una ordenanza derivada de un plan general que “no corresponde” con la política urbanística del actual equipo de gobierno, que rechaza la construcción de edificios altos.
La sentencia, dada a conocer hoy por el TSJC, estima parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación de Vecinos Mirador del Atlántico contra el acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la manzana comprendida entre las calles Mario César, Fernando Guanarteme y Cayetana Manrique de fecha 27 de enero de 2006, así como contra la Ordenanza M de la normativa urbanística del Plan General municipal de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, en su modalidad de Adaptación Básica al TRLOTCyENC, en el particular relativo a las condiciones de altura, con anulación tanto del estudio de detalle como del parámetro de la ordenanza reseñado.
(Habrá ampliación)