Condenado un funcionario que arrojó a la basura 2.039 documentos judiciales
MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que condenó a dos años de prisión y cuatro de inhabilitación para empleo o cargo público a un funcionario que aprovechó la madrugada del 15 de julio de 2007 para arrojar a un cubo de basura 2.039 documentos originales del Juzgado en el trabajaba.
La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso interpuesto por Antonio N.C., funcionario destinado en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Madrid, contra la resolución del TSJM que le consideró en julio del pasado año culpable de un delito de infidelidad en la custodia de documentos.
Los hechos se remontan al verano de 2007, cuando el funcionario introdujo en varias bolsas de basura distintos documentos originales que le estaban confiados para su tramitación por razón de su cargo. Entre los miles de papeles se encontraban notificaciones a la Fiscalía y los Procuradores, telegramas, diligencias de ingresos de dinero, escritos de parte sin proveer, exhortos sin cumplimentar, demandas de juicios monitorios, diferentes oficios e incluso una sentencia.
Sobre las 0.45 horas, arrojó los 2.039 documentos originales a un cubo de basura ubicado en las dependencias del edificio de los Juzgados de Primera Instancia de la calle Capitán Haya número 66 de Madrid con la finalidad de que fueran destruidos. Sin embargo, un vigilante jurado sorprendió al funcionario echando las bolsas de documentos a la basura e informó a la secretaria judicial.
NO NEGÓ SU PARTICIPACIÓN EN LOS HECHOS
El alto tribunal desestima ahora las alegaciones presentadas por el funcionario en su recurso, en el que denunciaba la falta de garantías que sufrió en el proceso judicial y criticaba la ausencia de un juez que presenciara el vaciado del contenedor y la falta de control “sobre el periplo” de los documentos originales, los que “sólo dos años después aterrizaron en la causa penal”.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Bacigalupo Zapater, destaca que el funcionario en ningún momento negó haber realizado la acción que se le imputa y estima que “obró sabiendo lo que hacía” dado que tampoco dijo desconocer el carácter de los documentos lanzados al contenedor de basura.
Asimismo, los magistrados rechazan que el delito se encuentre en grado de tentativa, tal y como solicitaba el recurrente, ya que la sustracción de los documentos se consumó en el momento en el que fueron sacados del Juzgado, constituyéndose “un nuevo ámbito de custodia” en el que el trabajador pudo decidir qué destino darles.