La Diócesis de Canarias suspende todos los actos en el exterior esta Semana Santa

Procesión Magna en La Laguna, Tenerife

Efe / Canarias Ahora

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El Obispo de la Diócesis de Canarias, José Mazuelos Pérez, ha decretado este jueves la suspensión de los actos religiosos programados en el exterior durante la Cuaresma y la Semana Santa debido a la pandemia de coronavirus.

Según ha informado el Obispado en un comunicado, los actos de culto que se celebren en el interior de los templos tendrán que tener en cuenta lo dispuesto al concluir el período de confinamiento, así como la normativa sanitaria aplicable en cada momento para contener la pandemia.

Los actos suspendidos se refieren a las procesiones, vía crucis u otra forma de manifestación religiosa, indica la nota.

Restricciones en lugares de culto

El Gobierno de Canarias, según recoge el BOC del 22 de enero de 2021, establece las siguientes restricciones y medidas sanitarias en lugares de culto:

- Deberá garantizarse la distancia de seguridad interpersonal entre no convivientes y el uso obligatorio de la mascarilla.

-En la práctica del culto se evitará el contacto físico entre los asistentes y el canto.

-El templo o lugar de culto, deberá permanecer con las puertas y ventanas abiertas antes y después de la celebración, el tiempo necesario para garantizar su ventilación. Durante la celebración se mantendrán las puertas abiertas, si ello no impide la práctica de la misma.

La asistencia a los lugares de culto no superará los siguientes aforos en función del nivel de alerta establecido para cada territorio:

-Hasta el nivel de alerta 1, no podrá superarse el 75% de su aforo en espacios cerrados.

-En nivel de alerta 2, no podrá superarse el 50% de su aforo en espacios cerrados. Se recomienda ofrecer los servicios por vía telemática o por televisión.

-En los niveles de alerta 3 y 4, no podrá superarse el 33% del aforo en espacios cerrados. Se recomienda ofrecer los servicios por vía telemática o por televisión.

La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá contar con autorización previa y tendrá que ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente y deberán establecerse las medidas necesarias para garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, con independencia del uso obligatorio de la mascarilla, así como el resto de las medidas preventivas generales.

Estas celebraciones no podrán realizarse durante la permanencia de los niveles de alerta 3 y 4.

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