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La juez manda a juicio a Cortezo por estafa en Hoya Pozuelo

La magistrada titular del Juzgado de Instrucción 5 de Las Palmas de Gran Canaria, Ana Isabel de Vega Serrano, ha decretado la apertura de juicio oral contra el promotor inmobiliario Jaime Cortezo Massieu, su esposa Elena del Castillo Machado, y otros tres imputados más por los delitos de estafa y falsificación de documento público en la venta de dúplex de Hoya Pozuelo, viviendas sujetas a una orden de derribo por parte del Gobierno de Canarias al invadir dominio público marítimo-terrestre.

La instructora del caso abierto contra Cortezo Massieu, su esposa, Juan Rosa Fuentes Suárez, Francisca Hernández Negrín y Victoria González Santana, como supuestos autores de estafa a los compradores de las viviendas ilegales en la costa de Telde, responde así a la orden de la Audiencia Provincial, de 2 de marzo pasado, de revocar el sobreseimiento de la causa y continuar la tramitación de las diligencias previas 3142 / 2006, al apreciar la Sala que “en la conducta del acusado se dan elementos objetivos y subjetivos del delito de estafa”.

El auto de Instrucción 5, fechado el 5 de abril, abre el procedimiento abreviado contra el promotor de Hoya Pozuelo, deja sin efecto su archivo -para el cual fue clave la declaración falsa como testigo de Julio Bonis, ex consejero del Gobierno canario- y da traslado al ministerio fiscal y a las acusaciones particulares personadas -casi una ventena de propietarios afectados por la orden de derribo de sus casas- para que en el plazo de diez días formulen su correspondiente escrito de acusación.

La Sección Sexta de la Audiencia, con el magistrado Salvador Alba de ponente, había dejado claro en el auto de marzo que el promotor inmobiliario, dueño de la emisora 7.7 Radio y del Islote del Francés, en Arrecife, “el querellado señor Cortezo procede a vender la mayoría de las viviendas que se encontraban afectadas por expediente sancionador de Medio Ambiente y Urbanismo, así como por orden de demolición, una vez se había dictado sentencia de la Sala de lo Contencioso confirmando la resolución de la Administración en este sentido”.

En el auto de la Audiencia que ahora acata Instrucción 5 se rechazó el argumento de la magistrada instructora de que los compradores debieron conocer esas circunstancias por la prensa. Fuera “o no dada a conocer por los medios de comunicación, [la orden de demolición] fue ocultada por el vendedor a los compradores, pues al manifestar que las viviendas estaban libres de cargas y gravámenes, se faltaba a la verdad deliberadamente”.

Entendía Salvador Alba y así ha prevalecido que “el engaño debe entenderse como ardid u ocultación maliciosa de la verdad” e invoca “la lógica más básica que nos dice que nadie adquiere una vivienda por más de treinta millones de las antiguas pesetas si sabe que sobre ella pesa una orden de demolición”.

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