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El Supremo rebaja la prisión para una militar que dio el cambiazo en una prueba de drogas

Las Palmas de Gran Canaria —

El Tribunal Supremo ha rebajado en 6 meses la condena de un año de prisión que impuso el pasado mes de julio el Tribunal Militar Quinto a una marinero del Cuartel General del Mando Naval de Canarias por un delito de deslealtad, por dar el cambiazo a una prueba de orina que se le realizó para la detección de consumo de drogas.

La reducción de la pena obedece a la aprobación el pasado mes de octubre del nuevo Código Penal Militar, que contempla una importante reducción de la pena por este delito que el anterior Código, de 1985, fijaba en entre uno y seis a años de prisión.

Cuando la marinero sancionada, que se encargaba del mantenimiento y reparación de armamento asignado a su unidad, se encontraba orinando para la prueba, y desde fuera del aseo, la capitán del Cuerpo de Sanidad (Enfermería) que la vigilaba observó “algo entraño” en la forma en la que aquélla se había colocado el recipiente.

Según los hechos probados en la sentencia, la marinero no llegó a orinar en el recipiente que se le dio sino que, o bien rellenó éste con una orina que traída previamente preparada o bien sustituyó el recipiente original. En todo caso, la capitán se dio cuenta que la temperatura del frasco era excesiva, por lo que utilizó un termómetro y vio que éste marcaba 42,3 grados centígrados.

Tras preguntar a la marinero si se encontraba bien, a lo que ésta respondió afirmativamente, la capitán médico le midió la temperatura corporal, arrojando ésta un resultado de 7 grados. La orina debería haber tenido una temperatura uno o dos grados menor según señalaron tanto las oficiales enfermeras como el oficial farmacéutico durante el juicio.

A la soldado se le realizó una segunda prueba de orina, que dio positivo en marihuana, mientras que la primera, la que supuestamente había sido cambiada, dio negativo en el test de drogas.

La mujer fue condenada por un delito de deslealtad que el Tribunal Supremo mantiene, si bien el magistrado Jacobo López Barja de Quiroga discrepa de esta calificación y señala que no debería haber sido penada por deslealtad si no por delito de incumplimiento del deber militar.

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