Adolfo González, nuevo alcalde de Los Realejos
El Salón de Plenos del Ayuntamiento de Los Realejos ha acogido este sábado una sesión plenaria extraordinaria en la que se ha procedido a la elección del nuevo alcalde para el municipio, tras la reciente renuncia al cargo formalizada por Manuel Domínguez.
El hasta ahora teniente de alcalde de Los Realejos y portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, Adolfo González Pérez-Siverio, obtuvo el voto favorable de 15 de los 20 concejales presentes en el pleno, siendo proclamado alcalde y tomando posesión de su cargo.
El pleno fue presidido por la segunda teniente de alcalde, Noelia González, quien fue dando la palabra a los tres concejales que concurrían con candidatura a la Alcaldía como cabezas de lista de sus respectivas formaciones y grupos municipales.
En primer lugar lo hizo por el Grupo Municipal de Coalición Canaria-PNC su representante, María Isabel Pérez Expósito, seguida del cabeza de lista del Grupo Municipal del Partido Socialista, Miguel Agustín García Rodríguez, y cerró el turno de intervenciones y presentación de candidaturas el propio representante del Grupo Municipal del Partido Popular.
Tras sus discursos, la presidenta del pleno dio paso a la votación de cada uno de los 20 concejales presentes en la sesión de los 21 que integran la Corporación municipal, saldándose la misma con un total de 15 votos favorables para Adolfo González Pérez-Siverio (cuyo grupo ostenta 15 representantes), 4 votos favorables para Miguel Agustín García Rodríguez (cuyo grupo está integrado por 5 concejales) y 1 voto favorable para María Isabel Pérez Expósito (única representante de su formación).
Durante la sesión, como otro punto del orden del día, el pleno tomó conocimiento de la renuncia presentada por Manuel Domínguez también a su acta de concejal del Ayuntamiento de Los Realejos, que aún la ostentaba tras su renuncia en primera instancia a la Alcaldía.
Con ello, el Grupo Municipal del Partido Popular deja una vacante entre sus 15 representantes, que será cubierta próximamente en cuanto se lleve a cabo la tramitación pertinente y su aprobación por la Junta Electoral.
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